T-213 de 2006
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Luis Hernan Cortes Trujillo Vs. Secretaria De Salud Municipal De Cali
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Suministro de tratamiento integral a persona con VIH
- Omisión de Secretaría de Salud de asignarle ARS a persona con VIH
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos fundamentales de persona a quien le fue diagnosticado vih y no se encuentra afiliado a ninguna ars para que le brinden un tratamiento medico oportuno.
Solicita se ordene la asignacion de ars como beneficiario del regimen subsidiado.
Derecho fundamental a la salud de los enfermos de vih.
Portadores de vih vinculados al sistema general de seguridad social en salud.
La ley 60 de 1993 en su artículo 30 y en concordancia con los artículos 356 y 357 de la carta política consagra que el sisben es el sistema de selección de beneficiarios para programas sociales y principal instrumento con el que cuentan las autoridades de las entidades territoriales para focalizar el gasto social descentralizado.
Sirve para seleccionar a los beneficiarios de los programas sociales dirigidos a los sectores más pobres y vulnerables de la población colombiana que son financiados principalmente con los recursos provenientes de las transferencias intergubernamentales.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el veintiséis (26) de diciembre de 2005 por el Juzgado Dieciséis Penal Municipal de Cali, que negó la acción de tutela instaurada por el señor Luis Hernán Cortés Trujillo, en contra de la Secretaria de Salud Municipal de Cali.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaria de Salud Municipal de Cali que, a través de las autoridades correspondientes, efectúe en el término de ocho (8) días, contados a partir de la notificación de esta providencia la asignación de una ARS, para que ésta le realice el tratamiento integral que requiera el señor Luis Hernán Cortés Trujillo debido a la enfermedad que padece, según lo determine el médico tratante.
- Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.