Sentencia de Tutela5 de diciembre de 2000
T-1675 de 2000
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Henry Aristobulo Alba Barbosa Vs. Megabanco
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud De Informacion Sobre Credito Hipotecario. Servicio Publico De La Actividad Bancaria. Tutela Contra Particulares. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Entidad Financiera
- Autonomía de la voluntad limitada
Accion De Tutela Contra Particulares
- Prestación de servicio público
Actividad Bancaria
- Es un servicio público
Derecho De Peticion Ante Organizaciones Privadas
- Improcedencia cuando no actúa como autoridad
Derecho De Peticion Frente A Entidad Bancaria
- Respuesta oportuna y de fondo
Derecho De Peticion
- Alcance
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E:
- Primero. REVOCAR la Sentencia del dieciocho (18) de mayo del 2000 proferida por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Ibagué y la Sentencia pronunciada el doce (12) de junio del 2000 por la Sala Civil de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué en cuanto no decidieron el derecho de petición. En su lugar, CONCEDER la tutela por violación del derecho de petición.
- Segundo. ORDENAR a la Gerente de la Oficina Calle 40 de MEGABANCO de Ibagué, Tolima que, en un término que no podrá ser superior a los diez (10) días, contados a partir de la notificación de esta sentencia, dé respuesta a las solicitudes de información que el accionante radicó el diez (10) de febrero y que adicionó el veintisiete (27) de marzo del 2000, en ejercicio del derecho de petición de información, concernientes al movimiento histórico del crédito No. 004-051-00345-0 y, en consecuencia, le certifique en forma discriminada, según pagos mensuales, el valor de la deuda, discriminando la aplicación del pago (mediante indicación detallada de los abonos a capital e intereses), el saldo después de aplicar cada pago y los respectivos intereses.
- Tercero. PREVENIR a la entidad accionada, para que en lo sucesivo, no repita la omisión que produjo la violación del derecho de petición que originó la presente acción.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-693/00Derecho De Peticion Frente A Particulares. Servicio Publico De La Actividad Bancaria. Abono Extraordinario A Cuenta. Remision Credito A Cobro Juridico. Concedida.SU.157/99Tutela Contra Entidades Bancarias Particulares. Libertad Economica. Lista Clinton. Negada Parcialmente.C-122/99Dec. 2330/98. Por El Cual Se Declara La Emergencia Economica Y Social. Exequible E Inexequible.T-357/96Reajuste De Pensiones De Jubilacion. La Tutela No Es Declarativa De Derechos. Inexistencia De Perjuicio Irremediable. Negada.T-105/96Der. De Peticion Frente A Particulares. Notificacion. Seguridad Social. Accidente De Transito. Cia Aseguradora. Negada.C-134/94Dec. 2591/91. Art. 42 Inc. 12 Y 9. Tutela Contra Particulares. Exequibles Salvo N° 1 Expresion "para Proteger... Autonomia" Que Es Inexequible.
Ver las 8 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.