T-123 de 2017
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Dian·Demandado Tribunal Administrativo De Cundinamarca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por cuanto Tribunal incurrió en defecto sustantivo por aplicación errónea del ordenamiento jurídico, pues no tuvo en cuenta que los pagos periódicos derivados de las prestaciones sociales si pr
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La DIAN considera que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca violó el derecho al debido proceso, al resolver una acción de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada en contra del acto administrativo que profirió para negar el reconocimiento y pago de una prima técnica por formación avanzada y experiencia altamente calificada, pues inaplicó las reglas de prescripción de las prestaciones sociales.
Se reitera jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y se confirma la decisión de única instancia que CONCEDIO el amparo deprecado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia de unica instancia proferida por la Seccion Cuarta del Consejo de Estado el 1deg de septiembre de 2016.
- SEGUNDO. ORDENAR que se de cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.