Micelio
Sentencia de Tutela28 de febrero de 2017

T-123 de 2017

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Dian·Demandado Tribunal Administrativo De Cundinamarca

Tema · dato duro
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defecto Sustantivo Por Aplicacion Erronea Del Ordenamiento Juridico.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia por cuanto Tribunal incurrió en defecto sustantivo por aplicación errónea del ordenamiento jurídico, pues no tuvo en cuenta que los pagos periódicos derivados de las prestaciones sociales si pr
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
1 tema · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La DIAN considera que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca violó el derecho al debido proceso, al resolver una acción de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada en contra del acto administrativo que profirió para negar el reconocimiento y pago de una prima técnica por formación avanzada y experiencia altamente calificada, pues inaplicó las reglas de prescripción de las prestaciones sociales.

Se reitera jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y se confirma la decisión de única instancia que CONCEDIO el amparo deprecado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia de unica instancia proferida por la Seccion Cuarta del Consejo de Estado el 1deg de septiembre de 2016.
  2. SEGUNDO. ORDENAR que se de cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.