T-1081 de 2003
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Maria Eunices Zarate De Calderon Vs. Caja General De Pensionados De La Policia Nacional
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia reclamo de mesadas de pensionado secuestrado
- Aplicación de artículo 10 de Ley 589 de 2000
- Pago de mesadas pensionales a la familia
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la presente providencia, la sentencia del 12 de mayo de 2003, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, Sala de Decision Penal, mediante la cual se denego de la accion de tutela instaurada por Maria Eunices Zarate de Calderon en nombre propio y el de sus hijos menores.
- SEGUNDO. PREVENIR al Director de la Caja General de Pensionados de la Policia Nacional que, para quienes se encuentren en situaciones similares a la de la presente sentencia y soliciten el pago de las mesadas pensionales con fundamento en la doctrina de la Corte sentada en el presente fallo, proceda a aplicar directamente la Constitucion, asi como las demas normas vigentes, y resuelva dentro de los plazos de ley a dicha peticion de conformidad con lo establecido en la presente providencia.
- TERCERO. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.