T-1055 de 2006
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Humberto Aristobulo Vargas Martinez Vs. Juzgado 25 Penal Del Circuito De Bogota Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Valor de los testimonios de menores
- Improcedencia por cuanto las irregularidades procesales no afectan la sentencia condenatoria
- Principios aplicables
- Fue ejercida correctamente
- Procedencia excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso la igualdad el acceso a la justicia los principios de inocencia y libertad y el derecho de defensa de condenado a prision como autor responsable del ilicito de homicidio por no haber sido notificado en debida forma y su defensa tecnica no ser ejercida adecuadamente.solicita se declare la nulidad de lo actuado a partir del auto que ordeno su vinculacion a la investigacion y se ordene su libertad inmediata.tutela contra providencias judiciales.
Principios aplicables a la declaración de nulidades procesales en materia penal.
El valor de los testimonios de los menores dentro de los procesos penales.
La vía de hecho como presupuesto para la procedencia de la acción de tutela en contra de decisiones judiciales.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia del once (11) de julio de 2006 adoptada por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Penal, el 21 de abril del mismo año, a través de la cual se negó la tutela instaurada por Humberto Aristóbulo Vargas Martínez, en contra del Juzgado 25 Penal del Circuito de esta ciudad y la Fiscalía 42 delegada ante los Jueces Penales del Circuito de la misma ciudad.
- Segundo. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.