T-1040 de 2010
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Rosa Ilda Martinez Cortes·Demandado Cajanal E.I.C.E
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que la demandante fue desvinculada por no allegar la declaración extraproceso que permitía acreditar su condición de madre cabeza de familia
- Procedencia de tutela para obtener cumplimiento de medidas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Estabilidad laboral reforzada, trabajo, seguridad social, derechos.
Refiere la demandante que ingresó a laborar en CAJANAL el 8 de noviembre de 1982, en el cargo de Auxiliar Administrativo.
Manifiesta que la entidad entró en un proceso de liquidación y estableció las condiciones para que las personas que se encontraran cobijadas por la protección especial reforzada, entraran al programa denominado Retén Social.
En diciembre del 2009 fue notificada de su inclusión en el mencionado programa por su condición de madre cabeza de hogar y que por esto se le permitía estar vinculada con la entidad hasta que la misma fuera liquidada o hasta que desapareciera su condición de madre cabeza de hogar, para lo cual debía soportar documental y constantemente dicho estado.
Para la Sala, la exigencia de la entidad no es irrazonable ni arbitraria y por el contrario la encuentra acorde con las circunstancias concurrentes y los fines a satisfacer, pues no constituye para la interesada una carga intolerable, difícil ni onerosa.
Negada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota Sala de Familia, el 1deg de junio de 2010.
- SEGUNDO. COMPULSAR copia del folio 40 del cuaderno principal a la Superintendencia de Notariado y Registro, para que verifique el cumplimiento de la Resolucion No. 11621 de 2010.
- TERCERO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.