T-1027 de 2008
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Camilo Andrés Rodríguez Mancipe·Demandado Bancolombia S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que no se desembolsó un crédito de vivienda a favor del demandante
- Improcedencia en el caso concreto por existir otro medio de defensa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vivienda digna de ciudadano a quien le fue aprobado un crédito hipotecario para adquisición de vivienda en la entidad bancaria accionada pero cuya entrega no se ha hecho efectiva.
El actor pide que, a través de la tutela, se conmine a accionada a que le entregue la suma de dinero que le corresponde. <br>procedencia de la acción de tutela.
Improcedencia de la tutela en el caso concreto. <br>si bien, por plantear la reclamación de un particular contra la determinación de una entidad bancaria, la presente supondría un caso de conducencia del amparo tutela contra particular por la existencia de una relación de subordinación, en vista de la existenca de un otros medios de defensa judiciale y la no incidencia de un perjuicio irremediable, ésta acción deviene improcedente. <br>negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en este expediente mediante auto del 19 de septiembre de 2008.
- SEGUNDO. Por las razones consignadas en la parte considerativa de esta providencia, CONFIRMAR la sentencia del 17 de abril de 2008, proferida por el Juzgado 29 Civil Municipal de Bogotá en el proceso iniciado por Camilo Andrés Rodríguez Mancipe en contra de Bancolombia.
- TERCERO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.