Micelio
Sentencia de Tutela10 de marzo de 1998

T-078 de 1998

Ponente Hernando Herrera Vergara

Demandante Eduardo Velez Sanchez

Tema · dato duro
Debido Proceso. Desacato. Via De Hecho. Sancion De Expulsion De Universidad. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. REVOCAR las sentencias proferidas por la Seccion Primera del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca y por la Seccion Primera de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado, de fechas 24 de junio y 24 de julio de 1997, respectivamente y en su lugar se dispone:
  4. Primero. Tutelar el derecho fundamental al debido proceso invocado por el senor Eduardo Velez Sanchez.
  5. Segundo. Declarar sin efecto las providencias proferidas por la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Fe de Bogota y el Juzgado 64 Penal Municipal de la misma ciudad, de fechas 22 de marzo y 13 de mayo de 1996 respectivamente, en cuanto concierne a las decisiones relacionadas con el incidente de desacato.
  6. Tercero. Ordenar la remision de los expedientes materia del presente proceso al Juzgado 14 Penal del Circuito de Santa Fe de Bogota, a fin de que tramite y decida el incidente de desacato formulado por el demandante, con respecto a la sentencia proferida por el mismo despacho que tutelo los derechos del peticionario.
  7. Cuarto. Por Secretaria General de la Corte Constitucional, dese cumplimiento a lo previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.