Sentencia de Tutela23 de febrero de 1993
T-064 de 1993
Ponente Ciro Angarita Baron
✓Demandante Maria Eugenia Montoya
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Educacion. Derecho A La Igualdad. Derechos Fundamentales De Los Niños. Un Cupo En El Colegio Bolivar (Cali). Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
5 temas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la providencia del Tribunal Superior de Cali del 23 de Octubre de 1992, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente sentencia.
- SEGUNDO. Si los padres de la nina Sara Ramirez Montoya siguen considerando que el Colegio Bolivar es la mejor opcion educativa para ella, ORDENAR a la mencionada institucion que le otorge un cupo para el ano lectivo 1993-1994.
- TERCERO. En todos aquellos casos similares al presente por sus hechos o circunstancias, siempre que se le niegue un cupo a un aspirante a ingresar, con base en criterios discriminatorios, la doctrina constitucional enunciada en esta sentencia tendra CARACTER OBLIGATORIO para las autoridades, en los terminos del articulo 23 del Decreto 2067 de 1.991.
- CUARTO. ORDENAR que por secretaria se comunique esta providencia al Tribunal Superior de Cali y al Rector del Colegio Bolivar de Cali, en la forma y para los efectos previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónEduardo Cifuentes MuñozAclaraciónJosé Gregorio Hernández GalindoTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por7
SU.543/19Sustitucion Pensional O Pension De Sobrevivientes Para Hijos Mayores De 18 Años, Imposibilitados Para Trabajar En Razon De Sus Estudios, Hasta Los 25 AñosT-689/09Tutela de 2009T-884/06Tutela de 2006T-642/04Derecho A La Igualdad Y La Educacion De Aspirante A Programa Ofrecido Por Universidad Que Por Error En El Proceso De Selección Se Le Expidio Recibo De Matricula Financiera Pero No Academica Por No Encontrarse En Lista De Admitidos. La Universidad La InscT-780/99Der. A La Educacion. Libertad De Escoger Profesion U Oficio. Igualdad De Oportunidades Educativas. Suspension De Sustitucion Pensional Por Cambio De Carrera O Profesion. Concedida.T-124/98Der. A La Educacion Y Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Participacion De Los Estudiantes En El Manual De Convivencia. Cabello Largo. Hecho Consumado. Negada.
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.