Sentencia de Tutela2 de septiembre de 1996
T-407 de 1996
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Alexander Foronda Ortiz
✓
Tema · dato duro
Der. A La Educacion. Plantel Educativo No Acepta A Estudiante Con Problemas De Drogadiccion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Educación
- Proceso formativo del educando
- Recuperación total del drogadicto
- Cumplimiento tratamiento de rehabilitación
Establecimiento Educativo
- Recuperación total del drogadicto
Drogadiccion
- Inexistencia certeza de recuperación total
Informes Academicos
- Ingreso de alumnos a establecimientos
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Itagüi, el 12 de febrero de 1996, por medio del cual se denegó la acción de tutela interpuesta por ALEXANDER FORONDA ORTIZ, y en su lugar, en los términos de esta providencia, tutelar su derecho fundamental a la educación, siempre que el actor se comprometa a proseguir con el tratamiento de rehabilitación que inició en un centro especializado, el cual informará periódicamente al colegio sobre el cumplimiento del mismo.
- Segundo. ORDENAR a JUAN N. HERRERA RIVERA, en su calidad de Rector del Colegio IDEM AVELINO SALDARRIAGA de la ciudad de Itagüi, Antioquia, dado lo avanzado del año lectivo de 1996, ofrecer al alumno ALEXANDER FORONDA ORTIZ su reintegro al plantel para el año de 1997, a fin de que continúe con sus estudios secundarios.
- Tercero. COMUNIQUESE lo resuelto en esta providencia, al Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Itagüi, Antioquia, para que proceda a las notificaciones y para los efectos previstos en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-377/95Der. A La Educacion. Der. Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Der. A La Intimidad. Alumna En Union Libre. Concedida.T-261/95Der. A La Intimidad. Divulgacion De Datos Personales A Terceros. Dato Publico. Tarjeta Pronta. Negada.C-221/94Ley 30/86. Art 2 Lit J. Exequible. Art. 51 Y 87 Inexequible. Despenalizacion Del Consumo De La Dosis Personal.T-064/93Derecho A La Educacion. Derecho A La Igualdad. Derechos Fundamentales De Los Niños. Un Cupo En El Colegio Bolivar (Cali). Concedida.
Citada por4
T-004/24Derecho A La Educación Y Continuidad En La Formación Académica-Vulneración Del Debido Proceso En Actuación Disciplinaria. Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado.T-076/23Derecho A La Educación Y Continuidad En La Formación Académica-Vulneración Del Debido Proceso En Actuación Disciplinaria. Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado.T-091/19Derecho A La Educacion Y Debido Proceso En Institucion EducativaT-1233/03Facultad De Sancionar A Los Alumnos Por El Porte Trafico Y Consumo De Sustancias Alucinogenas O Que Produzcan Dependencia. Procesos Disciplinarios En Colegios. Se Vulnero Debido Proceso Del Estudiante. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.