C-896 de 1999
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Agustin Castillo Zarate
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Función de registro civil
- Dirección y organización del registro civil
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1260/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E LV E
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-601 de 1999, respecto del numeral 13 del articulo 3deg del Decreto 960 del mismo ano.
- Segundo. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-601 de 1999, respecto de la expresion "los notarios, y en los municipios que no sean sede de notaria", contenida en el numeral
- primero. del articulo 118 del Decreto 1260 de 1970, modificado por el articulo 10deg del Decreto 2158 de 1970
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE la expresion "o en su defecto, los alcaldes municipales," contenida en el numeral
- primero. del articulo 118 del Decreto 1260 de 1970, modificado por el articulo 10deg del Decreto 2158 de 1970, asi como el inciso de este mismo numeral.
- Cuarto. Declarar EXEQUIBLE la expresion "los notarios publicos", contenida en el articulo 69 del Codigo Electoral, Decreto Ley 2241 de 1986.
- Quinto. Declarar EXEQUIBLE el articulo 217 del Codigo Electoral, Decreto Ley 2241 de 1986.
- Copiese, notifiquese, publiquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.