Micelio
Sentencia de Constitucionalidad4 de octubre de 2006Sala Plena

C-827 de 2006

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Yina Andrea Sanchez Orozco Y Otras

Tema · dato duro
Cosa Juzgada En Trabajadores Ocasionales O Transitorios. Exclusión Del Auxilio De Cesantía Viola Principio De Universalidad De Las Prestaciones Sociales
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo sustantivo del trabajo articulos 229 literal b); 247 (parcial); 251 literal b) y 289 (parcial).

Trabajadores accidentales o transitorios.

Las demandantes consideran que las normas demandadas vulneran los articulos 1 13 25 48 y 53 constitucionales.

La exclusion de los tabajadores accidentales o transitorios del auxilio monetario por enfermedad no profesional del pago de gastos de entierro del auxilio de cesantia asi como del seguro de vida colectivo obligatorio viola el derecho a la igualdad.

Las expresiones acusadas se encuentran actualmente derogadas en virtud de la entrada en vigencia de la ley 100 de 1993 por lo que las normas acusadas no se encuentran vigentes en el ordenamiento juridico colombiano procediendo la carencia actual de objeto.

Operancia del fenomeno de cosa juzgada constitucional en relacion con el literal b) del articulo 251 del codigo sustantivo del trabajo.

Inhibida y estarse a lo resuelto en c-823 de 2006

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 229Decreto 2663/50 «literal b»INHIBITORIO
Art. 247Decreto 2663/50 «parcial»INHIBITORIO
Art. 289Decreto 2663/50 «parcial»INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo en relación con los artículos 229, literal b), 247 (parcial) y 289 (parcial) del Código Sustantivo del Trabajo, por carencia actual de objeto.
  2. Segundo. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-823 de 2006, mediante la cual se declaró inexequible el literal b) del artículo 251 del Código Sustantivo del Trabajo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónNilson Pinilla Pinilla
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.