Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de noviembre de 1998Sala Plena

C-662 de 1998

Ponente Hernando Herrera Vergara

Demandante Elson Rafael Rodriguez Beltran

Tema · dato duro
Ley 23/91. Arts. 2225 Parcial 2728 Parcial 39404142 Y 46. C. De P.L. Art. 50 Parcial. Ley 50/90. Art. 53. Conciliacion Laboral. Poderes Del Juez. Empleados Directivos. Exequible. Inexequible. Inhibitoria.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sindicato
  • Prohibiciones para afiliados que representen al empleador y empleados directivos
3 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2158/48. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 50Decreto 2158/48 «"de primera instancia", la cual se declara INEXEQUIBLE»EXEQUIBLE
Art. 53Ley 50/90EXEQUIBLE
Art. 22Ley 23/91INHIBITORIO
Art. 25Ley 23/91INHIBITORIO
Art. 27Ley 23/91INHIBITORIO
Art. 28Ley 23/91INHIBITORIO
Art. 39Ley 23/91INHIBITORIO
Art. 40Ley 23/91INHIBITORIO
Art. 41Ley 23/91INHIBITORIO
Art. 42Ley 23/91INHIBITORIO
Art. 46Ley 23/91INHIBITORIO
11 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. Declárase INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de los artículos 22, 25, 27, 28, 39, 40, 41, 42 y 46 de la Ley 23 de 1.991 por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  4. Segundo. Declárase EXEQUIBLE el artículo 50 del Código Procesal del Trabajo (Decreto 2158 de 1.948), salvo la expresión "de primera instancia", la cual se declara INEXEQUIBLE.
  5. Tercero. Declárese EXEQUIBLE el artículo 53 de la Ley 50 de 1990.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.