Micelio
Sentencia de Constitucionalidad9 de mayo de 2007Sala Plena

C-343 de 2007

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Mauricio Pava Lugo

Tema · dato duro
Derechos De Las Victimas En El Proceso Penal. Imposibilidad De Controvertir Los Medios De Prueba, Elementos Materiales Probatorios Y Evidencia En El Juicio Oral
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derechos De Las Victimas En El Proceso Penal
  • Imposibilidad de controvertir los medios de prueba, elementos materiales probatorios y evidencia en el juicio oral
  • Posibilidad de solicitar pruebas en audiencia preparatoria
Testigos En Juicio Oral
  • Imposibilidad de interrogarlos por la víctima del delito
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 906 de 2004 articulos 390 391 y 395.

Se expide el codigo de procedimiento penal.

Examen de los testigos interrogatorio cruzado y oposiciones drante el interrogatorio.el accionante considera que la disposicion acusada vulnera el preambulo y los articulos 2 13 29 228 y 229 de la constitucion politica; El articulo 14 del pacto universal de los derechos humanos y el articulo 8 de la convencion americana de derechos humanos.de la cosa juzgada constitucional.

La sentencia c-454 de 2006 y las facultades probatorias correspondientes a las victimas.

La corte hizo enfasisi en que la exclusion de la victima del grupo de actores procesales que tienen la posibilidad de interrogar al testigo y de oponerse a las preguntas formuladas en el juicio oral esta justificada no produce una desigualdad injustificada en los actores del proceso penal ni supone que el legislador ha incumplido el deber de asegurar una intervencion efectiva de la victima en el proceso.estarse a lo resuelto en la sentencia c-209 de 2007 respecto de los articulo 391 y 395 de la ley 906 de 2004 y exequible el articulo 390 de la ley 906 de 2004

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 390Ley 906/04EXEQUIBLE
Art. 391Ley 906/04ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 395Ley 906/04 «la parte del artículo que reza: " podrán oponerse a la pregunta del interrogador cuando viole alguna de las reglas anteriores o incurra en alguna de las prohibiciones. El juez decidirá inmediatamente si la oposición es fundada o infundada " .»EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-209 de 2007 en relacion con la acusacion formulada en contra del articulo 391 de la Ley 906 de 2004, "Por la cual se expide el Codigo de Procedimiento Penal".
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 390 de la Ley 906 de 2004, por el cargo analizado en esta sentencia.
  3. Tercero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-209 de 2007 respecto de la expresion "La parte que no esta interrogando o el Ministerio Publico" contenida en el articulo 395 de la Ley 906 de 2004 "Por la cual se expide el Codigo de Procedimiento Penal" y declarar EXEQUIBLE la parte restante del referido articulo que reza: "podran oponerse a la pregunta del interrogador cuando viole alguna de las reglas anteriores o incurra en alguna de las prohibiciones. El juez decidira inmediatamente si la oposicion es fundada o infundada", por el cargo analizado en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.