C-192 de 1998
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Jose Euripides Parra Parra Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Indemnización por expropiación en dinero
- Levantamiento judicial para hacer posible expropiación
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 284/96. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Sólo en los términos de esta Sentencia, decláranse EXEQUIBLES, en el artículo 8 de la Ley 258 de 1996, la frase "...y permitirá el levantamiento judicial de este gravamen para hacer posible la expropiación", y en el 4, numeral 2, de la Ley 284 de 1996, la expresión "Cuando la autoridad competente decrete la expropiación del inmueble...", en el entendido de que la indemnización correspondiente no puede pagarse a la familia mediante bonos o documentos de deuda pública, sino en dinero, por igual valor al del inmueble expropiado, en su totalidad y de manera previa a cualquier acto que pretenda hacer efectiva la expropiación.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.