Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de abril de 1993Sala Plena

C-143 de 1993

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Jose J.Laverde O.

Tema · dato duro
Ley 3/86. Arts. 16 Y 20 Dec. 1222/86. Arts. 246 249 Y 250. Control Fiscal De Los Contralores. Exequibles Unos Inexequibles Otros.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 3/86. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 16Ley 3/86INEXEQUIBLE
Art. 20Ley 3/86EXEQUIBLE
Art. 246Decreto 1222/86INEXEQUIBLE
Art. 249Decreto 1222/86EXEQUIBLE
Art. 250Decreto 1222/86EXEQUIBLE
Art. 306Decreto 1333/86INEXEQUIBLE
Art. 306Decreto 1333/86INEXEQUIBLE
Art. 51Ley 11/86INEXEQUIBLE
8 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar INEXEQUIBLES los artículos 16 de la Ley 3a de 1986, 51 de la Ley 11 de 1986, 246 del Decreto 1222 de 1986 y 306 del Decreto 1333 del mismo año.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el artículo 20 de la Ley 3a de 1986.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLES los artículos 249 y 250 del Decreto 1222 de 1986.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.