Los Contralores Municipales serán elegidos para períodos de dos años que empezarán a contarse el primero (1º) de enero de mil novecientos ochenta y siete (1987).
Para ser elegido Contralor se requiere ser ciudadano en ejercicio, tener más de 25 años de edad en la fecha de la elección, poseer título universitario o de tecnólogo cuyo pénsum académico contemple el estudio de materias en derecho, en ciencias económicas, contables, financieras o administrativas.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 306. Los Contralores Municipales serán elegidos para períodos de dos años que empezarán a contarse el primero (1º) de enero de mil novecientos ochenta y siete (1987).
Para ser elegido Contralor se requiere ser ciudadano en ejercicio, tener más de 25 años de edad en la fecha de la elección, poseer título universitario o de tecnólogo cuyo pénsum académico contemple el estudio de materias en derecho, en ciencias económicas, contables, financieras o administrativas.