Providencias que cita
C-128/06 invoca estas providencias en su argumentación. · 8 en total.
Volver a la ficha de C-128/06Principio De Igualdad Y Exencion Tributaria En Materia De Pensiones. No Desconocimiento
Principio De No Discriminacion En Decreto Legislativo De Adicion A Impuesto Decretado En Conmocion Interior. Nivel De Intensidad Del Control Por Privilegio En Exención
Retencion En La Fuente Por Salario. Exclusión De La Base Del Cálculo El Monto De Aportes Al Fondo De Pensiones
Gravamen A Los Movimientos Financieros. Exención De Operaciones Financieras Con Recursos Del Sistema General De Riesgos Profesionales
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma De La Ley 12 De 1975
Revision De Pension Por Reincorporacion. Liquidación Con Base En El Sueldo Promedio De Los Tres Últimos Años De Servicio Debe Ser Actualizado
Ley 223/95. Art. 97 Parcial. Exencion Para Empresas De Servicios Publicos Domiciliarios. Exequible.
Ley 4/76. Art. 2. Ley 71/88. Art. 2. Limite Minimo Y Maximo De Las Pensiones. Exequibles.