Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de marzo de 2000Sala Plena

C-331 de 2000

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Santiago Jaramillo Caro

Tema · dato duro
Revision De Pension Por Reincorporacion. Liquidación Con Base En El Sueldo Promedio De Los Tres Últimos Años De Servicio Debe Ser Actualizado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Norma Legal
  • Subrogación tácita
Revision De Pension Por Reincorporacion
  • Liquidación con base en sueldo promedio de tres últimos años debe ser actualizado
  • Liquidación con base en sueldo promedio de tres últimos años es más favorable
Regimen Especial Respecto De Regimen Pensional General
  • Protección igual o superior y trato discriminatorio
Tratamiento Diferenciado En Regimenes Pensionales
  • Posibilidad del legislador para establecerlos y decretar distintos reajustes
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 171/61 art 4 (parc).

Revision de pension de pensionado que reingresa al servicio.

Norma demandada fue subrogada por art 150 de ley 100/93.

Reliquidacion de pension.

Exequible.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 77/59. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 77/59EXEQUIBLE
Art. 4Ley 171/61EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución
  2. RESUELVE:
  3. Declarar EXEQUIBLE la expresión "con base en el sueldo promedio de los últimos tres años de servicios", contenida en el artículo 4º de la ley 171 de 1961, bajo la condición de que se entienda que el sueldo promedio de los tres últimos años de servicio, que sirve de base para la liquidación de la pensión, debe ser actualizado en la forma indicada en el art. 21 de la ley 100/93.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.