Micelio
Sentencia de Constitucionalidad15 de noviembre de 2001Sala Plena

C-1192 de 2001

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Humberto De Jesus Longas Londoño

Tema · dato duro
Financiacion De Vivienda Individual A Largo Plazo. Nueva Unidad, Actualización Y Redenominación De Créditos
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Material
  • Identidad de contenido regulador
  • Naturaleza
Financiacion De Vivienda Individual A Largo Plazo
  • Nueva unidad, actualización y redenominación de créditos
Unidades De Poder Adquisitivo Constante Y Unidades De Valor Real
  • Análisis constitucional de diferencias
  • Régimen de transición
Ley Marco De Vivienda
  • Régimen de transición entre UPAC y UVR
Sistema De Financiacion De Vivienda
  • Régimen de transición entre el antiguo y nuevo sistema
Unidades De Valor Real
  • Constitucionalidad
  • Nueva unidad, actualización y redenominación de créditos
7 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 546 de 1999.

Arts. 1 3 8 9 16 17 18 29 39 41 44 48 (ps.) y 38 total.

Recursos para la financiacion de vivienda.

Bonos hipotecarios.

Beneficios tributarios de titulos a largo plazo.

Destinacion subsidios de vivienda de interes social.

Abonos a creditos

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 546/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 16Ley 546/99 «inciso 1»EXEQUIBLE
Art. 29Ley 546/99 «inciso 1»EXEQUIBLE
Art. 41Ley 546/99 «parágrafo»EXEQUIBLE
Art. 8Ley 546/99EXEQUIBLE
Art. 9Ley 546/99 «inciso 1»EXEQUIBLE
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (14 puntos)
  1. "Declarar exequibles los siguientes articulos y apartes de articulos de la Ley 546 de 1999:
  2. "e) La expresion " para cuyo efecto utilizara la UVR que para cada uno de los dias comprendidos entre el 1deg de enero de 1993 y el 31 de diciembre de 1999, publique el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, de conformidad con la metodologia establecida en el Decreto 856 de 1999" contenida en el numeral
  3. segundo. del articulo 41 , y la expresion " se establecera una equivalencia entre la DTF y la UPAC, en los terminos que determine el Gobierno Nacional, con el fin de comparar el comportamiento de la UPAC con el de la UVR, a efectos de que", contenida en el paragrafo del mismo articulo."
  4. Segundo. que la expresion subrayada del literal e), esto es la frase "en los terminos que determine el Gobierno Nacional", habia sido objeto de declaracion de inconstitucionalidad mediante Sentencia C-955 de 2000, en los siguientes terminos:
  5. 24. Declarase EXEQUIBLE, en los terminos de esta Sentencia, el articulo 41 de la Ley 546 de 1999, y sus paragrafos 1, 2 y 3, con excepcion de las expresiones "que se encuentren al dia el ultimo dia habil bancario del ano 1999", del numeral 1, "que estuvieren al dia el 31 de diciembre de 1999", "o en la forma que lo determine el Gobierno Nacional", del numeral 3, y "en los terminos que determine el Gobierno Nacional", del paragrafo 1, que se declaran INEXEQUIBLES.
  6. Tercero. que como puede apreciarse, en la parte resolutiva de la Sentencia C-1192 de 2001 se incurrio en un error mecanografico evidente al incluirse dentro de la declaracion de exequibilidad la expresion "en los terminos que determine el Gobierno Nacional" , contenida en el paragrafo del articulo 41 de la Ley 546 de 1999, la cual habia sido objeto de declaracion de inexequibilidad mediante la Sentencia C-955 de 2000 y sobre la cual no se hizo ninguna consideracion en la C-1192 de 2001.
  7. Cuarto. que es necesario corregir el referido error, y que por lo tanto la Corte debe proceder a ello como lo ha hecho anteriormente en casos semejantes14:
  8. RESUELVE
  9. Corregir el literal e) de la parte resolutiva de la Sentencia C-1192 de 2001, a fin de que el pronunciamiento contenido en el mismo no se refiera a la expresion "en los terminos que determine el Gobierno Nacional", que antes formaba parte del paragrafo del articulo 41 de la Ley 546 de 1999 y que fue declarada inexequible mediante Sentencia C-955 de 2000. En consecuencia, en lo sucesivo dicha parte resolutiva sera del siguiente tenor:
  10. "RESUELVE
  11. "...
  12. e) La expresion " para cuyo efecto utilizara la UVR que para cada uno de los dias comprendidos entre el 1deg de enero de 1993 y el 31 de diciembre de 1999, publique el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, de conformidad con la metodologia establecida en el Decreto 856 de 1999" contenida en el numeral
  13. segundo. del articulo 41 , y la expresion " se establecera una equivalencia entre la DTF y la UPAC con el fin de comparar el comportamiento de la UPAC con el de la UVR, a efectos de que", contenida en el paragrafo del mismo articulo."
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.