C-1088 de 2008
Ponente Jaime Córdoba Triviño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acto sancionatorio desprovisto de un proceso previo constituye un acto arbitrario
- Vulneración del debido proceso
- Consecuencia de la evaluación insatisfactoria de Directores o Gerentes de Instituciones prestadoras de servicios de salud es inconstitucional
- Disposición que contempla como causal de retiro del servicio público de Directores y Gerentes de Instituciones prestadoras de servicios de salud la evaluación insatisfactoria sin el debido proceso es inconstit
- Evaluación de Directores o Gerentes de Instituciones Públicas prestadoras de servicios de salud
- Norma que consagra una sanción de plano a directores y gerentes de instituciones públicas prestadoras de servicios de salud vulnera el debido proceso
- Objetivos y programas generales
- Garantías que comporta
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1151 de 2007 "por la cual se expide el plan nacional de desarrollo 2006-2010", artículo 32 (parcial) <br>a juicio de la demandante la norma acusada es contraria al artículo 158 de la carta política, pues rompe de manera ostensible con el principio de unidad de materia legislativa consagrado en la misma, así como la relación de conformidad que se debe dar entre lke tpitulo y contenido de la ley, lo cual deviene contrario a lo que reza el artículo 169 superior. <br>en relación con el único cargo alegado, la corte estimó que, por ser uno de los objetivos de la ley en mención la regulación y logro de una eficiente operación de las instituciones prestadoras de los servicios de salud públicas, es viable que se ordene el retiro del servicio del director o genrente de l ainstitución qu eno cumpla a cabalidad con el respectivo plan de gestión. <br>sin embargo, tal disposición contiene una causal de retiro del servicio público que se traduce en una sanción ipso iure contemplada son el correspondiente debido proceso.
La aplicación de una sanción de plano vulnera el debido proceso, pues suprime la posibilidad de controvertir el incumplimiento y la sanción que se imputa. <br>por ello, se delcaró la inexequibilidad de al expresión "la evaluación insatisfactoria de dichosplanes será causal de retiro del servicio del directos o gerente para lo cual la junta deberá solicitar al nominador y con carácter obligatorio para este la remoción del gerente o director aún sin terminar su periodo.
La designación de un nuevo gerente o director se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de la ley 1122 de 2007, para el tiemnpo faltante conforme a los períodos institucionales fijados en dicho archivo" de la norma que se demandó.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1151/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE artículo 32 de la Ley 1151 de 2007 "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010", en la parte que dice : "La evaluación insatisfactoria de dichos planes será causal de retiro del servicio del Director o Gerente para lo cual la Junta Directiva deberá solicitar al nominador y con carácter obligatorio para este la remoción del Gerente o Director aún sin terminar su período. La designación de un nuevo Gerente o Director se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007, para el tiempo faltante conforme a los períodos institucionales fijados en dicho archivo."
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.