C-1054 de 2012
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Dierman Davet Patiño Sanchez Y Otros·Demandado Ley 1448 De 2011, Articulo 207
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Requisitos para su configuración
- Cosa juzgada constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
<br>Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 207 de la Ley 1448 de 2011, por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.
Los actores estructuran la demanda con un juicio de proporcionalidad para establecer los efectos negativos de la norma, al considerar que, restringir a las víctimas que utilicen las vías de hecho para obtener la restitución, reubicación o compensación económica, acarrea una consecuencia que margina a las personas despojadas del derecho a la propiedad, posesión u ocupación del predio del cual fueron separadas, sustrayéndolas de la protección que les asiste a que un juez resguarde los derechos que les fueron conculcados violentamente.
La Corte evidenció la existencia de cosa juzgada constitucional y, en tal sentido, resolvió ESTARSE a lo resuelto en la sentencia C-715/12. <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1448/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion
- RESUELVE
- ESTARSE a lo resuelto en la sentencia C-715 de septiembre 13 de 2012, que declaro inexequible el articulo 207 de la Ley 1448 de 2011, "por la cual se dictan medidas de atencion, asistencia y reparacion integral a las victimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.