C-096 de 2007
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Alvaro Paris Baron
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza jurídica
- Inexistencia
- Recursos
- Sólo será obligatorio cuando quede en firme
- Utilización de normas de rango legal como parámetro de interpretación para determinar alcance de normas constitucionales
- Facultad no es absoluta
- Línea jurisprudencial
- No vulneración de derechos fundamentales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto ley 1792 de 2000 articulo 53 (parcial).
Situacion administrativa de traslado del personal civil del ministerio de defensa nacional.el demandante considera que las normas demandadas vulneran los articulos 5 25 29 42 43 44 y 54 constitucionales.ausencia de cosa juzgada constitucional.
Principales lineas jurisprudenciales en materia de traslados de personal en el sector publico.
El acto de traslado encuentra su fundamento en las facultades constitucionales de que dispone la administracion para satisfacer el interes general.
Tal facultad discrecional no es absoluta por cuanto dicho acto debe sujetarse a la constitucion en especial al catalogo de derechos fundamentales asi se trate de carreras especailes como es el caso del personal civil del ministerio de defensa nacional.
El caracter obligatorio de los traslados de dichos funcionarios no vulnera el derecho al debido proceso administrativo.
Frente a la decision de traslado de personal civil del ministerio de defensa nacional proceden los recursos de ley.exequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1792/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE el articulo 53 del decreto 1792 de 2000, en el entendido que el acto de traslado solo sera obligatorio cuando quede en firme.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.