Micelio
Sentencia de Constitucionalidad7 de febrero de 2007Sala Plena

C-079 de 2007

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Jose Manuel Cordoba Trujillo

Tema · dato duro
Gerente De Empresa Social Del Estado Y Director De Institución Prestadora De Salud. Requisito De Formación Profesional En El Área De La Salud En Determinadas Categorías De Municipios
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Gerente De Empresa Social Del Estado Y Director De Institucion Prestadora De Salud
  • Requisito de formación profesional en el área de la salud en determinadas categorías de municipios
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto ley 785 de 2005 articulo 22.3.3 (parcial).

Se establece el sistema de nomenclatura y clasificacion de funciones y requisitos generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la ley 909 de 2004.

Requisitos para el ejercicio de los empleos que conforman el sistema de seguridad social en salud.el demandante considera que la expresion "en el area de la salud" viola el preambulo los articulos 1 13 25 y 53 de la constitucion politica y los articulos 21-2 y 23-1 de la declaracion universal de los derechos humanos.exequibilidad de la expresion parcialmente demandada.

Precedente vinculante contenido en la sentencia c-100 de 2004.para la sala no existen razones poderosas que impongan un cambio del precedente vinculante en cuanto no se esta ante una nueva coyuntura social en el contexto de la norma acusada o frente a una modificacion de los canones invocados como quebrantados.exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 909/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 909/04EXEQUIBLE
Art. 22Decreto 785/05EXEQUIBLE
Art. 3Decreto 785/05EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (20 puntos)
  1. Declarar EXEQUIBLE la expresion "en el area de la salud" contenida en el articulo 22.3.3 del Decreto ley 785 de 2005, conforme a lo expuesto en esta providencia.
  2. JAIME CORDOBA TRIVINO
  3. Presidente
  4. JAIME ARAUJO RENTERIA
  5. Magistrado
  6. MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA
  7. Magistrado
  8. RODRIGO ESCOBAR GIL
  9. Magistrado
  10. MARCO GERARDO MONROY CABRA
  11. Magistrado
  12. HUMBERTO SIERRA PORTO
  13. Magistrado
  14. ALVARO TAFUR GALVIS
  15. Magistrado
  16. NILSON PINILLA PINILLA
  17. Magistrado
  18. CLARA INES VARGAS HERNANDEZ
  19. Magistrada
  20. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.