Micelio
Sentencia de Constitucionalidad27 de enero de 1999Sala Plena

C-033 de 1999

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Julio Alberto Corredor Espitia

Tema · dato duro
Ley 100/93. Arts. 182183205 Y 215 Parciales. Empresas Promotoras De Salud. Ingresos Prohibiciones Administracion. Exequibles.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Entidad Promotora De Salud
  • Constitucionalidad del término promotora
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 182Ley 100/93EXEQUIBLE
Art. 183Ley 100/93EXEQUIBLE
Art. 205Ley 100/93EXEQUIBLE
Art. 215Ley 100/93EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. administrando justicia,
  2. R E S U E L V E :
  3. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "Promotora" y "Promotoras" contenidas en los artículos 182, 183, 205 y 215 de la ley 100 de 1993, únicamente por el cargo analizado en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.