A- de 2004
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Abel Antonio Jaramillo Y Otros Vs. Red De Solidaridad Social Y Otros
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se realizó la corrección al error de carácter mecanográfico del texto de la página 106 de la Sentencia T-025/04 (numeral décimo de la parte resolutiva) proferida por la Sala Tercera de Revisión, que si bien no altera el fondo del fallo sí amerita su corrección para evitar equívocos.
Se trató de la errada trascripción del nombre FIDUIFI en la parte resolutiva de la sentencia, a pesar de que en los considerandos de la sentencia siempre se hizo referencia al IFI – Instituto de Fomento Industrial.
Esta Corporación ha señalado que cuando en la trascripción del texto de una sentencia se producen errores, es aplicable el Art. 310 del CPC a fin de proceder a la corrección, en cualquier tiempo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- CORREGIR el texto de la página 106 de la sentencia T-025 de 2004, (numeral
- décimo. de la parte resolutiva) y en consecuencia donde dice:
- DECIMO. En relación con las órdenes puntuales para el otorgamiento de las ayudas previstas en los programas de vivienda y de restablecimiento socioeconómico, la Red de Solidaridad Social, el Inurbe o quien haga sus veces, FIDUIFI o quien haga sus veces, INCORA o quien haga sus veces, así como las entidades encargadas de estos programas a nivel departamental y municipal, deberán contestar de fondo, de manera clara y precisa las peticiones presentadas por los actores en el presente proceso, teniendo en cuenta los siguientes criterios: (...) (resaltado fuera del texto)
- Corregirse por:
- DECIMO. En relación con las órdenes puntuales para el otorgamiento de las ayudas previstas en los programas de vivienda y de restablecimiento socioeconómico, la Red de Solidaridad Social, el Inurbe o quien haga sus veces, IFI o quien haga sus veces, INCORA o quien haga sus veces, así como las entidades encargadas de estos programas a nivel departamental y municipal, deberán contestar de fondo, de manera clara y precisa las peticiones presentadas por los actores en el presente proceso, teniendo en cuenta los siguientes criterios: (...) (resaltado fuera del texto)
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.