DecretoVigente
Decreto 18710508 de 1871
en ejecución de la lei de 25 de abril de 1871, que adiciona la de 20 de mayo de 1870, sobre reintegro del tres por ciento a ciertos pensionados que capitalizaron su pensión.
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De La Lei De 20 De Mayo De 1870 I El 12De Este Decreto Para El Efecto De Que Espresen Si A Causa De La Herida Recibida Hai Mutilacion De Algun Miembro; O Si El Daño De Éste Es Tal Que Pueda Asimilarse A La Mutilacion; Debiendo, En Todo Caso, Esponer La Razon De Su Concepto I Determinar Con Precision Cuál Es El Miembro Mutilado O Completamente Inutilizado3Artículo 34Artículo 45Artículo 56Artículo 67Decreto 18700624 De 18708Del Decreto De 24 De Junio De 1870, Dictado En Ejecucion De La Lei De 21 De Mayo Del Mismo Año, "que Manda Reintegrar A Los Pensionados Que Capitalizaron Su Pension El 3 Por 100 Que Se Les Dedujo Al Tiempo De La Capitalizacion," I Que Se Halla Inserto En El Diario Oficial Número 1960
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