Decreto
Decreto 243 de 2026
por el cual se otorgan facultades a gobernadores y alcaldes de las zonas afectadas por la emergencia económica, social y ecológica para que adopten medidas en materia tributaria, presupuestal y financiera y hacerle frente al estado de emergencia declarado mediante el Decreto Legislativo 0150 de 2026.
17artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Facultades A Corporaciones Político-Administrativas Territoriales Para Reorientar Rentas De Destinación Específica No Constitucional2Competencia De Gobernadores Y Alcaldes En Materia Presupuestal3Créditos De Tesorería Para Las Entidades Territoriales Y Sus Descentralizadas4Límites De Gasto De Funcionamiento De Las Entidades Territoriales5Facultad Para Diferir El Pago De Obligaciones Tributarias6Recuperación De Cartera A Favor De Entidades Territoriales7Distribución De La Sobretasa Al Acpm8Uso Temporal De Recursos Reorientados A La Financiación De Acuerdos De Reestructuración De Pasivos De Entidades Territoriales9Suspensión Del Término Para Celebrar La Reunión De Determinación De Derechos De Votos Y Acreencias En El Marco De Los Acuerdos De Reestructuración De Pasivos Para Entidades Territoriales Establecidos En La Ley 550 De 199910Suspensión De Los Términos De Las Actividades De La Estrategia De Monitoreo, Seguimiento Y Control Integral Al Uso De Los Recursos Del Sistema General De Participaciones11Priorización De Medidas En El Marco De Los Planes De Desarrollo Territoriales12Programas De Saneamiento Fiscal Y Financiero De Las Empresas Sociales Del Estado13Declaratoria De Calamidad Pública14Pignoración De Recursos De La Asignación Especial Para Municipios Ribereños Del Río Magdalena15Oferta De Servicios De Asistencia Técnica Desde El Nivel Nacional16Control Al Uso De Las Medidas Autorizadas A Las Entidades Territoriales Para Afrontar El Estado De Emergencia Económica, Social Y Ecológica En Parte Del Territorio Nacional Declarada Mediante El Decreto Número 0150 De 202617Vigencia
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Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994, y en desarrollo del Decreto Legislativo 0150 de 2026, y
- Armando Benedetti VillanedaEl Ministro del Interior
- Rosa Yolanda Villavicencio MapyLa Ministra de Relaciones Exteriores
- Germán Ávila PlazasEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Jorge Iván Cuervo RestrepoEl Ministro de Justicia y del Derecho
- Pedro Sánchez SuárezEl Ministro de Defensa Nacional
- Martha Viviana Carvajalino VillegasLa Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural
- Guillermo Alfonso Jaramillo MartínezEl Ministro de Salud y Protección Social
- Antonio Eresmid SanguinoEl Ministro de Trabajo
- Edwin Palma EgeaEl Ministro de Minas y Energía
- Diana Marcela Morales RojasLa Ministra de Comercio, Industria y Turismo
- José Daniel Rojas MedellínEl ministro de Educación Nacional
- Irene Vélez TorresLa Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (e)
- Helga María Rivas ArdilaLa Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio
- Yeimi Carina Murcia YelaLa Ministra de Tecnologías de la Información y las comunicaciones
- Yannai Kadamani FonrodonaLa Ministra de las Culturas, las Artes y los Saberes
- Patricia Duque CruzLa Ministra del Deporte
- Kevin Fernando Henao MartínezEl Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación (e)
- Alfredo Acosta ZapataEl Ministro de Igualdad y Equidad
- María Fernanda Rojas MantillaLa Ministra de Transporte