Micelio

Artículo 11

Priorización De Medidas En El Marco De Los Planes De Desarrollo Territoriales

Decreto 243 de 2026 · por el cual se otorgan facultades a gobernadores y alcaldes de las zonas afectadas por la emergencia económica, social y ecológica para que adopten medidas en materia tributaria, presupuestal y financiera y hacerle frente al estado de emergencia declarado mediante el Decreto Legislativo 0150 de 2026.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Priorización de medidas en el marco de los Planes de Desarrollo Territoriales. Los departamentos de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó y sus respectivos municipios, deberán darle prioridad a los programas y proyectos definidos en los Planes de Desarrollo territoriales asociados a la prevención o superación de los efectos de la crisis generada por la situación de calamidad pública en la región.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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