Micelio
DecretoVigente

Decreto 622 de 1958

por el cual se organiza el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi".

18artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, El Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Funcionará Como Entidad Autónoma Descentralizada Con Personería Jurídica, Patrimonio Propio Y Domicilio Legal De Bogotá2Son Funciones Del Instituto Geográfico "agustín Codazzi": A) Elaborar Los Mapas Y Las Cartas Topográficas, Militares, Agrícolas Y Catastrales Del País; B) Estudiar Y Clasificar Los Suelos Del País Para Su Mejor Aprovechamiento Agropecuario Y Para Obtener El Avalúo Catastral Técnico, Llenando Las Finalidades Perseguidas Por El Decreto Legislativo Número 0290 De 1957; C) Establecer Operar Y Coordinar Los Servicios De Meteorología E Hidrología; D) Estudiar Los Elementos Físico, Económico Y Jurídico De La Propiedad Inmueble, Formar Reglamentar Y Conservar El Catastro En El Territorio Nacional; E) Realizar Investigaciones Científicas (Astronómicas, Edafológicas, Geodésicas, Geofísicas Y Geográficas), Para Orientar Los Demás Servicios Del Instituto, Y Promover El Intercambio Cultural Con Entidades Similares Del País Y Del Exterior; F) Colaborar Dentro Del Campo De Su Competencia En Los Planes De Fomento Del Estado Y En El De La Defensa Nacional, Sugerir Soluciones; G) Prestar Servicios A Las Personas Naturales O Jurídicas Que Lo Soliciten; H) Reglamentar Y Vigilar Los Trabajos Aerofotográficos, Fotogramétricos, Cartográficos, Geodésicos, Astronómicos, Topográficos Y Agrológicos Que Realicen Entidades Oficiales, Semioficiales Y Particulares3El Instituto Contará Con El Siguiente Patrimonio Y Recursos: A) El Edificio Construido Con Destino Al Instituto Geográfico En Terreno Cedido Por La Universidad Nacional De Colombia Por Escritura Pública Número 3050 De Julio 4 De 1951, Otorgada En La Notaría 4ª De Bogotá, Situado En La Ciudad Universitaria De Bogotá, D4El Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Estará Dirigido Por: 15El Comité Ejecutivo Se Reunirá Por Lo Menos Una Vez Al Año Y Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Nombrar Al Director Del Instituto Y Fijarle Remuneración; B) Señalar Los Planes Generales De Trabajo Y El Orden En Que Deben Ejecutarse; C) Aprobar Los Planes Anuales De Trabajo Y Los Presupuestos Correspondientes Que Someta A Su Consideración La Dirección Del Instituto; D) Aprobar Los Gastos Y Contratos Que Celebre El Director Cuando La Cuantía Exceda De $5006La Junta Administradora Se Reunirá Por Lo Menos Una Vez Al Mes Y Cuando Sea Convocada Por El Director, Y Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Trazar Las Normas Generales De Estructura Y Organización Del Instituto; B) Aprobar Los Planes De Organización Que Someta A Su Consideración El Director Del Instituto; C) Prestar Su Colaboración Al Director Del Instituto Para La Elaboración De Los Planes Detallados De Organización Y De Trabajos: D) Aprobar La Creación De Los Cargos Que Sean Necesarios Para El Funcionamiento Del Instituto Y Las Asignaciones Respectivas; E) Aprobar El Nombramiento Y Remoción Del Personal Del Instituto Cuyos Sueldos Excedan De Mil Pesos ($17Serán Funciones Del Director Del Instituto; A) Representar Al Instituto En Todos Los Actos Judiciales Y Extrajudiciales; B) Convocar A La Junta Administradora Cuando Lo Considere Necesario; C) Elaborar, De Acuerdo Con La Junta Administradora, Los Proyectos De Organización Del Instituto; D) Elaborar, De Acuerdo Con La Junta Administradora, Los Planes Anuales Detallados De Trabajo Y Los Presupuestos Correspondientes; C) Proponer La Creación De Nuevas Secciones Y De Los Cargos Que Sean Necesarios Para El Funcionamiento Del Instituto, Y La Fijación De Las Asignaciones; F) Nombrar Y Remover Los Funcionarios Del Instituto Cuyas Asignaciones Mensuales No Pasen De Mil Pesos ($18La Dirección Del Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Tendrá Una Secretaría General Con Las Siguientes Funciones: A) Recibir, Remitir Y Archivar La Correspondencia; B) Atender A Las Prestaciones Sociales Del Personal; C) Atender A Las Cuestiones Generales De Carácter Legal; D) Atender A Las Relaciones Públicas9Para El Cumplimiento De Sus Fines, El Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Tendrá Los Siguientes Departamentos: 110El Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Sucede En Todas Sus Obligaciones Y Derechos Al Instituto Geográfico Militar Y A Las Dependencias Del Catastro Nacional Que Estaban Adscritas A La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales11Sucede Igualmente El Instituto Geográfico "agustín Codazzi", En Las Obligaciones Contraídas Y En Los Derechos Adquiridos, Al Fondo Rotatorio Del Instituto Geográfico Militar, Cuya Existencia Y Funciones Terminan A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto12La Vigilancia Del Manejo E Inversión De Los Bienes Que Constituyen El Patrimonio Del Instituto Geográfico "agustín Codazzi", Será Ejercido Por Un Auditor Fiscal Cuyo Nombramiento Corresponde Al Contralor General De La República13Los Servidores Del Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Tendrán El Carácter De Funcionarios Públicos Nacionales, Y Se Acumulará El Tiempo De Servicios Prestados A Otras Entidades Oficiales Para Los Efectos De Prestaciones Sociales14Cuando Por Carencia De Personal Nacional Especializado Se Requieran Los Servicios De Técnicos Extranjeros, Éstos Deberán Acreditar Su Idoneidad Por Medio Del Título Expedido Por Universidades Aceptadas Por El Estado15El Ministerio De Guerra Prestará Su Colaboración Al Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Por Intermedio De Sus Diferentes Armas, Y En Tal Virtud Destinará En Comisión O Retirará Al Personal Militar Que Le Solicite El Director, Personal Que Trabajará Dentro De La Organización Y Normas Internas16Los Pagos De Sueldos, Viáticos, Jornales Y Demás Servicios Que Demande El Funcionamiento De Las Oficinas Seccionales De Catastro, Podrán Hacerse Por Intermedio De Las Respectivas Administraciones De Hacienda Nacional, Mediante Relaciones De Autorización Y Giros Que Efectúe El Departamento Administrativo Del Instituto Geográfico Agustín Codazzi17En Caso De Falta Temporal, El Director Podrá Encargar De La Dirección A Un Jefe De Departamento18Este Decreto Rige A Partir De La Fecha, Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarías
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