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Artículo 9

Para El Cumplimiento De Sus Fines, El Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Tendrá Los Siguientes Departamentos: 1

Decreto 622 de 1958 · por el cual se organiza el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi".

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para el cumplimiento de sus fines, el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" tendrá los siguientes Departamentos

1.

Departamento de Investigaciones;

2.

Departamento Cartográfico;

3.

Departamento Agrológico;

4.

Departamento de Catastro, y

5.

Departamento Administrativo.

Parágrafo 1

Son funciones del Departamento de Investigaciones

a)

Realizar investigaciones relacionadas con las actividades propias del Instituto, con el fin de orientar las labores de los demás Departamentos;

b)

Preparar los planes de trabajo y su coordinación técnica.

c)

Llevar la información sobre el desarrollo de los planes de trabajo de los diferentes Departamentos;

d)

Investigar los costos de producción y los rendimientos;

e)

Atender al funcionamiento de la Oficina de Información y Archivo Técnico.

f)

Vigilar la ejecución técnica de los contratos celebrados por el Instituto;

g)

Colaborar en los planes de fomento del Estado y en los de la defensa Nacional, y proponer soluciones;

h)

Promover y atender al intercambio cultural con centros científicos nacionales e internacionales y con los centros docentes.

i)

Dirigir las publicaciones técnicas y científicas.

Parágrafo 2

Son funciones del Departamento Cartográfico

a)

Cubrir el país con una red geodésica y de nivelación, y establecer el control topográfico necesario para la restitución fotogramétrica;

b)

Tomar las vistas aéreas del territorio nacional.

c)

Hacer la restitución fotogramétrica de las vistas aéreas, y elaborar la documentación fotográfica que necesiten los demás Departamentos.

d)

Preparar y dibujar los mapas y cartas topográficas militares, agrícolas y catastrales que necesiten los otros Departamentos y el país en general;

e)

Colaborar con el Servicio Interamericano de Geodesia, y

f)

Reglamentar y vigilar los trabajos cartográficos que realicen otras entidades.

Parágrafo 3

Son funciones del Departamento Agrológico

a)

Hacer el reconocimiento general y el detallado de los suelos de las distintas regiones agrícolas del país;

b)

Hacer el análisis físico-químico de los suelos reconocidos;

c)

Hacer la clasificación de los suelos y elaborar las monografías técnicas correspondientes para los fines del Decreto legislativo número 0290 de 1957;

d)

Elaborar los mapas agrológicos, de acuerdo con las clasificaciones establecidas, y;

e)

Reglamentar y vigilar los trabajos agrológicos que realicen otras entidades;

Parágrafo 4

Son funciones del Departamento de Catastro

a)

Formar y conservar el Catastro Nacional de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia;

b)

Proponer las reformas que la práctica aconseje como necesarias a la legislación catastral vigente y a las disposiciones de régimen interno y de las Oficinas Seccionales;

c)

Establecer una estrecha colaboración con las entidades y funcionarios oficiales encargados del recaudo y control de impuestos sobre la base de los avalúos catastrales, y obtener la colaboración de los Departamentos y Municipios en la obra del Catastro Nacional.

d)

Colaborar con las Administraciones de Hacienda Nacional en el cumplimiento de las obligaciones que el Decreto Legislativo 0290 de 1957 impone a los propietarios y arrendatarios;

e)

Obtener la cooperación de los Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos para las labores de conservación, y solicitar las sanciones correspondientes del Departamento de Notariato y Registro del Ministerio de Justicia;

f)

Efectuar las operaciones de deslinde previstas en la ley 62 de 1939 y sus Decretos reglamentarios;

g)

Prestar su concurso a los Municipios en el proyecto y adopción de la nomenclatura de las zonas urbanas, y colaborar en la recolección de la nomenclatura para las cartas del país;

h)

Elaborar la estadística de la propiedad inmueble del país. j) Resolver las consultas que en los ramos de su competencia formulen las entidades a los funcionarios oficiales y particulares.

Parágrafo 5

Son funciones del Departamento Administrativo

a)

Vigilar la ejecución del presupuesto del Instituto.

b)

Atender al recaudo e inversión de los fondos del Instituto:

c)

Llevar la contabilidad general de acuerdo con las prescripciones de la Contraloría General de la República y la de las Cuentas Especiales que requiera el giro de los negocios del Instituto:

d)

Adquirir los elementos necesarios, dentro o fuera del país, que requieran los diversos Departamentos:

e)

Tramitar la venta de los bienes, elementos o productos del Instituto;

f)

Suministrar oportunamente a los diferentes Departamentos todos los elementos necesarios para su correcto funcionamiento;

g)

Atender al manejo y conservación de los bienes del Instituto;

h)

Tramitar los contratos que necesite celebrar el Instituto para ejecutar las obras que lo soliciten las personas naturales o jurídicas, para aceptar la prestación de servicios, la ejecución de obras y la adquisición de materiales, e

i)

Vigilar el cumplimiento administrativo de los contratos suscritos por el Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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