Micelio

Artículo 6

La Junta Administradora Se Reunirá Por Lo Menos Una Vez Al Mes Y Cuando Sea Convocada Por El Director, Y Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Trazar Las Normas Generales De Estructura Y Organización Del Instituto; B) Aprobar Los Planes De Organización Que Someta A Su Consideración El Director Del Instituto; C) Prestar Su Colaboración Al Director Del Instituto Para La Elaboración De Los Planes Detallados De Organización Y De Trabajos: D) Aprobar La Creación De Los Cargos Que Sean Necesarios Para El Funcionamiento Del Instituto Y Las Asignaciones Respectivas; E) Aprobar El Nombramiento Y Remoción Del Personal Del Instituto Cuyos Sueldos Excedan De Mil Pesos ($1

Decreto 622 de 1958 · por el cual se organiza el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi".

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Junta Administradora se reunirá por lo menos una vez al mes y cuando sea convocada por el Director, y tendrá las siguientes funciones

a)

Trazar las normas generales de estructura y organización del Instituto;

b)

Aprobar los planes de organización que someta a su consideración el Director del Instituto;

c)

Prestar su colaboración al Director del Instituto para la elaboración de los planes detallados de organización y de trabajos:

d)

Aprobar la creación de los cargos que sean necesarios para el funcionamiento del Instituto y las asignaciones respectivas;

e)

Aprobar el nombramiento y remoción del personal del Instituto cuyos sueldos excedan de mil pesos ($1.000.00) mensuales;

f)

Reglamentar la fijación de los viáticos, primas, gastos de representación y de trasporte del personal del Instituto, y

g)

Aprobar las compras y los contratos celebrados por el Director, cuya cuantía exceda de cincuenta mil pesos ($50.000.00), sin pasar de quinientos mil pesos ($500.000.00)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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