º. El Instituto contará con el siguiente patrimonio y recursos
El edificio construido con destino al Instituto Geográfico en terreno cedido por la Universidad Nacional de Colombia por escritura pública número 3050 de julio 4 de 1951, otorgada en la Notaría 4ª de Bogotá, situado en la Ciudad Universitaria de Bogotá, D. E., en la Avenida Ciudad de Quito entre calles 47 y 50 (Decreto legislativo número 2608 de 1950);
La isla de "El Santuario" situada en la laguna de Fúquene, Municipio de Fúquene (Cundinamarca), adquirida con destino al Observatorio Geomagnético, por escritura pública número 3057 de julio 2 de 1952, otorgada en la Notaría 4ª de Bogotá, D.E.,
Los bienes muebles, instrumentos, vehículos, útiles y enseres actualmente destinados al funcionamiento del Instituto Geográfico Militar (Ministerio de Guerra), y los bienes muebles, vehículos, útiles y enseres actualmente destinados al funcionamiento de la Inspección General y oficinas seccionales de Catastro (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), según los inventarios vigentes;
Los bienes muebles e inmuebles que adquiera para sus servicios;
Las partidas que se le asignen anualmente en el Presupuesto Nacional de Gastos, cuyo monto no podrá ser menor al producto de los gravámenes en el año inmediatamente anterior a cargo de los particulares, y de la contribución que para el levantamiento y conservación del Catastro deben cubrir a la Nación los Departamentos y Municipios, según lo dispuesto en la Ley 28 de 1941;
Los ingresos provenientes de los trabajos que ejecute el Instituto para las entidades oficiales, semioficiales y para los particulares, y los que obtenga por la venta de sus publicaciones;
El producto de la venta de sus bienes muebles o inmuebles;
El valor de los aportes y donaciones de cualesquiera personas naturales o jurídicas.