DecretoVigente
Decreto 4875 de 2007
por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la NaciónMinisterio de Hacienda y Crédito Público posee en el Banco Popular S. A.
27artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Aprobación Del Programa De Enajenación2Enajenación De Las Acciones3Etapas Del Programa De Enajenación4Procedimiento De Enajenación En La Primera Etapa5Condiciones Especiales De Acceso A La Propiedad De Las Acciones6Crédito Para Los Destinatarios De Condiciones Especiales7Reglas Para Presentar Aceptaciones De Compra En La Primera Etapa Por Parte De Personas Naturales Destinatarias De Condiciones Especiales8Reglas Para Presentar Aceptaciones De Compra En La Primera Etapa Por Parte De Aceptantes Diferentes A Personas Naturales Destinatarios De Condiciones Especiales9Efectos Del Incumplimiento10Pignoración De Acciones11Plazo Para El Pago Del Precio12Adjudicación De Las Aceptaciones En La Primera Etapa13Procedimiento De Enajenación En La Segunda Etapa14Adjudicación De Las Acciones En La Segunda Etapa15Precio Y Pago De Las Acciones En La Segunda Etapa16Garantías17Reglamentos De Enajenación Y Adjudicación18Comités19Derechos Y Bienes Excluidos De La Venta20Prevenciones Y Mecanismos De Control21Fuente De Recursos22Responsable De Las Ofertas23Aprobación De La Superintendencia Financiera De Colombia24Comportamiento Del Oferente25Vigencia Del Programa De Enajenación26Otros Procesos De Enajenación De Acciones Del Banco Popular27Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 6° de la Ley 226 de 1995
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público