Micelio

Artículo 23

Aprobación De La Superintendencia Financiera De Colombia

Decreto 4875 de 2007 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la NaciónMinisterio de Hacienda y Crédito Público posee en el Banco Popular S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aprobación de la Superintendencia Financiera de Colombia. Las personas que pretendan adquirir directa o indirectamente un porcentaje igual o superior al 5% de las acciones en circulación del Banco Popular, deberán solicitar autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia para llevar a cabo la respectiva adquisición, todo de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero o en las leyes que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Parágrafo

En el evento en que un adquirente de acciones requiera la autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia a que se refiere el presente artículo, la respectiva adjudicación estará sujeta a la condición suspensiva consistente en que se obtenga la respectiva autorización y, en tal sentido, el negocio jurídico no quedará concluido hasta que se obtenga la mencionada autorización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4875 de 2007