Micelio
DecretoVigente

Decreto 1134 de 1984

por el cual se autoriza una Zona Franca Transitoria.

25artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1º2º La Dirección, Denominación, Promoción Y Celebración, Estará A Cargo De Un Comité Coordinador, Conformado Por La Asociación Colombiana De Agencias De Viajes Y Turismo, Anato Y La Corporación Nacional De Turismo De Colombia3º4º5º6º7º8º9º10La Aduana, De Recibo Debe Elaborar La Planilla De Tránsito Correspondiente En Varios Ejemplares Y Transmitir Inmediatamente Resumen Cablegráfico De Ella A Aduana De Cartagena11El Ejemplar De La Planilla De Tránsito Aduanero Y El Aviso Cablegráfico Deben Indicar Las Medidas Identificación Tomadas Y Las Condiciones, Impuestas, Así Como La Fecha En Que Se Ha Puesto A Disposición Del Interesado Las Mercaderías Para Transportarlas En Tránsito Aduanero12Cuando Las Mercaderías Transportadas En Tránsito Se Destruyan En Todo O En Parte O Se Dañen En El Curso Del Transporte, A Causa De Un Accidente O Fuerza Mayor, Los Hechos Deben Ser Establecidos A La Mayor Brevedad A Satisfacción De Las Autoridades Aduaneras13Artículo 1314Las Mercancías Procedentes De Las Zona Francas Que Funcionan En, El País Con Destino A Su Exhibición En 01 Certamen Que Se Realice Dentro Del Recinto Ferial En Caso De No Ser Nacionalizadas, Deben Necesariamente Regresar A La :zona Franca De Donde Provienen15La Aduana Permitirá La Permanencia De Mercancía Sin Nacionalizar, En El Recinto De La Zona Franca Aduanera Transitoria, Durante Un Período De Dos (2) Meses Contados Desde Quince (15) Días Antes De Iniciarse El Certamen16Artículo 1617Artículo 1718Artículo 1819Las Mercancías Internadas Con Franquicia Dentro De La Vigencia De La, Misma Podrán Ser Nacionalizadas Para Lo Cual Deberán Cumplir Con Todos Los Requisitos De Una Importación Ordinaria, Mediante La Presentación De Un Registro De Importación Que Debe Ser Expedido Por Incomex Con Posterioridad A Su Llegada Al País20Artículo 2021Las Mercancías Que Al Vencimiento De Los Lazos Señalados En Los Artículos Anteriores No Hubieren Cumplido Los Requisitos En Ellos Señalados, Serán Declarados Abandonados A Favor Del Estado Por La Aduana, De Cartagena Previos Los Trámites Señalados En El Código De Aduanas Y Reglamentos Vigentes22Las Entidades Que Gozan De Exenciones De Derechos De Aduana Podrán Solicitar La Expedición De Las Correspondientes Resoluciones De Exención, Para Aquellos Bienes Adquiridos En El Certamen23Artículo 2324Artículo 2425Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición