DecretoDerogado
Decreto 1219 de 1933
Por el cual se reglamenta el ejercicio de la optometría y se deroga el Decreto número 449 de 1933
18artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Los Efectos De Este Decreto, Se Entiende Por Optometría La Mensuración Y Determinación De Los Defectos De Refracción, De Acomodación Y De Equilibrio De Los Ojos, El Ensayo Y La Prescripción De Los Lentes Que Corrigen Tales Defectos, Sin El Uso De Drogas, Medicina O Intervención Quirúrgica2Para Ejercer La Optometría En Colombia Se Necesita: A) Ser Colombiano Diplomado En Una Facultad Nacional O Extranjera3Para Que Las Juntas Seccionales De Títulos Médicos Puedan Conceder Licencias Para Ejercer La Optometría, Se Necesita Que Los Interesados Satisfagan Los Siguientes Requisitos: 1º Que Sean Mayores De Edad4No Obstante Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Quedan Exentos Del Examen Referido Los Profesionales Optómetras Que Comprueben Que Han Venido Ejerciendo Con La Debida Honorabilidad Y Competencia, Establecidos En Un Mismo Lugar, Durante Diez O Más Años Continuos5Los Optómetras Diplomados A Que Se Refieren Los Ordinales A) Y D) Del Artículo 2º De Este Decreto, Deberán Presentar Sus Diplomas Al Ministerio De Educación Nacional Para Que, En Acuerdo Con Las Disposiciones Vigentes, Sean Registrados6Toda Solicitud De Licencia Para Ejercer La Optometría Causará Un Derecho De $25, Que Se Consignarán En La Respectiva Administración De Hacienda Nacional7Las Solicitudes De Licencia Deberán Acompañarse De Todos Y Cada Uno De Los Documentos Y Comprobantes De Que Tratan Los Artículos 3º, 4º Y 5º Del Presente Decreto8Todo El Que Ejerza La Optometría Está En La Obligación De Expedir A Los Clientes La Respectiva Fórmula De Lentes Que Prescriba Según La Técnica Científica, Sin Apelar A Claves Que Imposibiliten La Interpretación De Ésta En Cualquier Establecimiento De Óptica, Y En Idioma Español9Todo Establecimiento De Óptica Que Acepte El Despacho De Fórmulas De Lentes Correctivos Debe Estar Provisto De Un Certificado Expedido Por Un Médico Oculista O Un Optómetra Titulado, O Licenciado, En Que Conste La Responsabilidad, Preparación Y Competencia Suficientes Del Establecimiento Para La Interpretación Y Despacho Correcto De Fórmulas Para Anteojos Correctivos10Queda Absolutamente Prohibido A Los Optómetras, En Lo Referente A Afecciones De Los Ojos, Ejercitar Acción Distinta A Las Que Comprende Su Especialidad11Queda Prohibida La Venta De Lentes O Anteojos, A Excepción De Los Blancos Neutros Y De Color, En Almacenes, Farmacias O Droguerías O En Cualquiera Otra Clase De Establecimientos, Si Ellos No Cuentan Con El Servicio Permanente De Un Óptico Que Hubiere Llenado Los Requisitos Del Presente Decreto12Es Prohibido A Todo Individuo Nacional O Extranjero Que No Tenga Los Correspondientes Títulos O Licencias De Que Trata El Presente Decreto, Anunciarse Como Optómetra, En Periódicos, Carteles Murales, Hojas Sueltas, Etc13No Es Permitido A Los Optómetras Cambiar O Alterar Las Fórmulas De Los Oculistas Y Optómetras14Las Personas Que Ejerzan La Optometría Sin Haber Llenado Los Requisitos Exigidos En Este Decreto, Serán Castigados Con Multas De Veinte A Doscientos Pesos15La Licencia Concedida A Favor De Alguna Persona Para Ejercer La Optometría, Puede Ser Cancelada Por El Director Departamental De Higiene Cuando Se Establezca Sumariamente Que Dicha Persona Ha Ejecutado Actos Contrarios A La Ética Profesional O Ha Ejercido Ilegalmente La Profesión De Medicina16Las Penas Señaladas En Este Decreto Y Las Establecidas Por El Decreto 1099 De 1930 Y Por El Decreto 986 De 1932, Para Los Infractores En Cuanto Al Ejercicio De La Medicina Y Sus Auxiliares, Las Impondrán Los Mismos Funcionarios De Que Trata El Artículo 14 Del Presente Decreto, Siguiendo Las Mismas Normas17Queda En Esta Forma Derogado El Decreto 449 De 1933, Y Reformados Los Decretos 1099 De 1930 Y 986 De 193218El Presente Decreto Regirá Desde La Fecha
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