º. Todo establecimiento de óptica que acepte el despacho de fórmulas de lentes correctivos debe estar provisto de un certificado expedido por un médico oculista o un optómetra titulado, o licenciado, en que conste la responsabilidad, preparación y competencia suficientes del establecimiento para la interpretación y despacho correcto de fórmulas para anteojos correctivos.
Decreto 1219 de 1933 →Vigente
Artículo 9
Todo Establecimiento De Óptica Que Acepte El Despacho De Fórmulas De Lentes Correctivos Debe Estar Provisto De Un Certificado Expedido Por Un Médico Oculista O Un Optómetra Titulado, O Licenciado, En Que Conste La Responsabilidad, Preparación Y Competencia Suficientes Del Establecimiento Para La Interpretación Y Despacho Correcto De Fórmulas Para Anteojos Correctivos
Decreto 1219 de 1933 · Por el cual se reglamenta el ejercicio de la optometría y se deroga el Decreto número 449 de 1933
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.