Micelio

Artículo 9

Todo Establecimiento De Óptica Que Acepte El Despacho De Fórmulas De Lentes Correctivos Debe Estar Provisto De Un Certificado Expedido Por Un Médico Oculista O Un Optómetra Titulado, O Licenciado, En Que Conste La Responsabilidad, Preparación Y Competencia Suficientes Del Establecimiento Para La Interpretación Y Despacho Correcto De Fórmulas Para Anteojos Correctivos

Decreto 1219 de 1933 · Por el cual se reglamenta el ejercicio de la optometría y se deroga el Decreto número 449 de 1933

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Todo establecimiento de óptica que acepte el despacho de fórmulas de lentes correctivos debe estar provisto de un certificado expedido por un médico oculista o un optómetra titulado, o licenciado, en que conste la responsabilidad, preparación y competencia suficientes del establecimiento para la interpretación y despacho correcto de fórmulas para anteojos correctivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1219 de 1933