Micelio

Artículo 14

Las Personas Que Ejerzan La Optometría Sin Haber Llenado Los Requisitos Exigidos En Este Decreto, Serán Castigados Con Multas De Veinte A Doscientos Pesos

Decreto 1219 de 1933 · Por el cual se reglamenta el ejercicio de la optometría y se deroga el Decreto número 449 de 1933

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las personas que ejerzan la optometría sin haber llenado los requisitos exigidos en este Decreto, serán castigados con multas de veinte a doscientos pesos. Estas multas las impondrán los Directores Departamentales de Higiene, siguiendo el procedimiento de oficio. Las Resoluciones que dicten los Directores Departamentales de Higiene, serán apelables en la forma establecida por el artículo 20 de la Ley 1ª de 1931.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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