DecretoDerogado
Decreto 982 de 1950
Por el cual se organiza la Dirección del Presupuesto Nacional
17artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 68 Del Decreto-Ley 164 De 1950 La Dirección Del Presupuesto Ejercerá Las Siguientes Actividades Bajo La Supe Vigilancia Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público: 12Para El Cumplimiento De Las Funciones De Que Trata El Artículo Anterior, La Dirección Del Presupuesto Constará De Las Siguientes Dependencias: 13La Dirección Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Labores: 14La Secretaría Del Departamento Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Labores: 15La Sección De Presupuesto, Control De Apropiaciones Y Crédito Público Tendrá Las Siguientes Funciones: 16La Sección De Vigilancia Administrativa Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Labores: 17Para La Vigilancia Administrativa De Las Obras Públicas Nacionales Que Se Construyan Con Cargo Al Presupuesto, Si Lo Estimare Conveniente, El Gobierno Promoverá La Organización De Un Departamento Especial, Que Se Encargará De La Elaboración De Los Presupuestos De Construcción De Las Distintas Obras; De La Vigilancia Sobre El Cumplimiento De Los Programas De Trabajos Que Se Hubieren Adoptado, Y De La Investigación De Los Costos De Las Partes De Las Obras Construidas En Cada Mes, Con El Auxilio De Los Datos De La Contabilidad Industrial Ya Organizada Para Las Obras, Que Lleva El Ministerio Del Ramo8Para El Ejercicio De La Vigilancia Administrativa De Los Gastos De Las Fuerzas Armadas Dependientes Del Ministerio De Guerra, El Ministro Del Ramo Designará Tres Funcionarios De Su Dependencia, Especializados En La Administración Del Ejército, La Marina Y La Aviación, Para Que Colaboren Con La Dirección Del Presupuesto En La Adopción De Las Medidas Encaminadas A Ejercitar La Vigilancia Administrativa De Los Gastos Y A Estudiar Las Organizaciones Administrativas Que Mejor Convengan A Sus Dependencias9La Sección De Organizaciones Administrativas Y Procedimientos De Trabajo, Tendrá Las Siguientes Funciones: 110Para El Desempeño De Sus Labores, Las Dependencias De La Dirección Del Presupuesto Contarán Con El Siguiente Personal Y Asignaciones:11En Atención A Lo Dispuesto En El Artículo 73, Decreto-Ley Número 164 De 1950, El Personal Que Ha Venido Trabajando En El Extinguido Departamento De Presupuesto Y Contabilidad Del Ministerio De Hacienda, Distinto Del De La Pagaduría, La Proveeduría Y El Fondo De Fomento Municipal, Que Al Ser Incorporado En Las Dependencias De La Dirección Del Presupuesto Conserve El Nombre Del Empleo Y Las Mismas Asignaciones, No Requerirá Nueva Posesión Para Continuar En El Ejercicio De Sus Funciones12Las Secciones De Pagaduría Y Proveeduría, Que Venían Funcionando Como Parte Integrante Del Departamento De Presupuesto Y Contabilidad Del Ministerio De Hacienda, Continuarán En Adelante Como Dependencias De La Secretaría General Del Mismo Ministerio13La Dirección Del Presupuesto Tendrá Capítulo Especial Para Los Sueldos De Su Personal, Material Y Demás Gastos, Dentro Del Presupuesto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Y En El Desempeño De Las Funciones Que Le Adscribe El Decreto-Ley Número 164 De 1950 Podrá Comunicarse Directamente Con Las Demás Oficinas Del Gobierno Nacional Y Con La Contraloría General De La República14La Dirección Del Presupuesto Dictará Resoluciones Para El Nombramiento Del Personal De Su Inmediata Dependencia, Que Someterá A La Aprobación Del Gobierno, Conforme A Lo Previsto En El Artículo 72 Del Decreto-Ley Número 164 De 195015Por Medio De Resoluciones, El Director Del Presupuesto, De Común Acuerdo Con Los Jefes De Las Dependencias De Su Departamento, Fijará Las Funciones Que Deba Desempeñar Cada Empleado Subalterno16El Director Del Presupuesto, Cuando Lo Estime Conveniente, Podrá Solicitar Del Revisor General Del Ministerio De Hacienda El Estudio De Los Asuntos De Técnica Fiscal Y Administrativa Adscritos A La Dirección, Para Que Emita Conceptos17Este Decreto Entrará A Regir Desde Su Fecha
03