Micelio
DecretoVigente

Decreto 87 de 1967

Por el cual se reglamenta el Decreto número 3092 de 1966

8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1El Consejo Directivo De La Superintendencia De Regulación Económica Señalará Mediante Resoluciones Los Precios De Los Artículos Que Considere Indispensable Controlar, Teniendo Como Base Los Estudios Que Le Presente La Dirección Ejecutiva De La Superintendencia2Artículo 23Cada Semana El Director Ejecutivo Presentará Al Consejo Los Proyectos Que Debe Estudiarse Para Que Éstos Sufran La Tramitación Correspondiente4Cuando El Consejo Directivo Determine Que Un Producto Queda Bajo Control, Lo Hará Conocer Así Del Director Ejecutivo, Para Que Éste A Su Turno Practique Las Diligencias De Que Tratan Las Letras A), B), C) Y F) Del Artículo 1º De Dicho Decreto, Y Para Que Realice Todas Las Diligencias Que Sean Necesarias A Fin De Cumplir Las Disposiciones Del Mismo5El Director Ejecutivo De La Superintendencia Aplicará Las Sanciones Establecidas En Artículo 5º Del Decreto Número 46 De 1965, A Quienes Se Nieguen A Dar Las Informaciones Que Les Solicite O Impidan La Práctica De Las Diligencias A Que Se Refiere El Artículo Anterior6La Delegación De Facultades Que Con Aprobación Del Ministro De Fomento Haga El Consejo Directivo Con Los Gobernadores Del Departamento Y Con Los Alcaldes Versará Preferencialmente Sobre El Señalamiento De Precios De Los Productos De Consumo Popular7Los Funcionarios Públicos A Quienes Se Les Compruebe Negligencia En La Colaboración Que Se Les Solicite La Superintendencia De Regulación Económica, Incurrirán En El Causal De Mala Conducta8Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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