DecretoVigente
Decreto 343 de 2007
por el cual se dictan disposiciones para unificar la reglamentación prudencial de las operaciones establecidas en el Decreto 4432 de 2006 realizadas por entidades sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia y los fondos mutuos de inversión controlados, se modifica el régimen de inversiones de las reservas técnicas de las entidades aseguradoras y de las sociedades de capitalización y se dictan otras disposiciones relacionadas.
25artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifíquese El Artículo 42Modifíquese El Artículo 43Modifíquese El Artículo 1° Del Decreto 2341 De 2001 El Cual Quedará Así: “ Artículo 1°4Modifíquese El Artículo 9° Del Decreto 1720 De 2001 El Cual Quedará Así: “ Artículo 9°5Modifíquese El Artículo 10 Del Decreto 1720 De 2001 El Cual Quedará Así: “ Artículo 106Modifíquese El Artículo 27Modifíquese El Artículo 6° Del Decreto 1324 De 2005 El Cual Quedará Así: “ Artículo 6°8Modifíquese El Artículo 12 Del Decreto 2801 De 2005 El Cual Quedará Así: “ Artículo 129Modifíquese El Artículo 13 Del Decreto 2801 De 2005 El Cual Quedará Así: “ Artículo 1310Modifíquese El Artículo 10 Del Decreto 3086 De 1997 El Cual Quedará Así: “ Artículo 1011Modifíquese El Artículo 6° Del Decreto 2360 De 1993 El Cual Quedará Así: “ Artículo 6°12Modifíquese El Artículo 18 Del Decreto 2360 De 1993 El Cual Quedará Así: “ Artículo 1813Modifíquese El Artículo 214Modifíquese El Artículo 215Modifíquese El Artículo 216Modifíquese El Artículo 2° Del Decreto 2779 De 2001 El Cual Quedará Así: “ Artículo 2°17Modifíquese El Artículo 7° Del Decreto 2779 De 2001 El Cual Quedará Así: “ Artículo 7°18Modifíquese El Artículo 8° Del Decreto 2779 De 2001 El Cual Quedará Así: “ Artículo 8°19Modifíquese El Artículo 9° Del Decreto 2779 De 2001 El Cual Quedará Así: “ Artículo 9°20Autorización A Carteras Colectivas Para Realizar Operaciones Repo, Simultáneas Y De Transferencia Temporal De Valores21Límites Aplicables A Las Operaciones Repo, Simultáneas Y Transferencia Temporal De Valores22Modifíquese El Artículo 6° Del Decreto 2670 De 2000 El Cual Quedará Así: “ Artículo 6°23Garantías24Autorización A Las Sociedades Comisionistas De Bolsa25Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 4°, literales b), c), g) e i), y 65 de la Ley 964 de 2005, el literal a) del artículo 25 del Decreto-ley 656 de 1994, los literales c) y e) del numeral 1 del artículo 48 y el artículo 49, ambos del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público