Micelio
DecretoVigente

Decreto 1224 de 1936

Por el cual se aprueba la Resolución número 102, del Departamento Nacional de Higiene

15artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Artículo 11Suprímense Los Cargos De Médico Director Y Jefe De La Sección Primera De Cada Uno De Los Lazaretos De Agua De Dios Y Contratación Y En Su Reemplazo Créanse Los De Médico Jefe Y Administrador Del Lazareto, Respectivamente2Suprímese Asimismo El Cargo De Médico Subdirector Del Lazareto De Contratación, Quien Quedará Con Las Funciones Y Asignación De Médico Auxiliar3El Médico Jefe Será Agente Inmediato Del Departamento Nacional De Higiene Y Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Funciones: La Organizar, Reglamentar Y Dirigir El Servicio Médico, Laboratorios, El Gabinete Dental, La Farmacia, Las Oficinas De Estadística, Fotografía Y La Oficina De Desinfección En Cuanto A Su Parte Científica Se Refiere; 2ª Reglamentar El Funcionamiento De Los Hospitales, Asilos, Salas-Cunas Clínicas Del Lazareto Y Tratamientos Antileprosos; 3ª Someter A La Aprobación Del Departamento Nacional De Higiene Todas Aquellas Medidas Que Considere Necesarias Para La Buena Marcha Del Servicio Científico Del Lazareto; 4ª Resolver Todos Los Asuntos Relacionados Con La Higiene Del Lazareto Y Solicitar Del Administrador La Ejecución De Las Obras Que A Su Juicio Sean Necesarias; 5º Ordenar Y Controlar Las Altas Por Casos Nuevos De Lepra, Regreso De Prófugos, Regreso De Enfermos Que Hayan Salido Con Licencia Y De Curados Sociales Que Vuelvan Al Lazareto Por Reaparición De La Enfermedad O Por Imposibilidad Física Para Trabajar; 6ª Ordenar Y Controlar Las Bajas Por Defunciones, Fugas, Licencias, Curaciones Y Las De Los Enfermos Que Salgan En Virtud De Resoluciones En Vigencia; Controlar El Movimiento De Altas Y Bajas En Los Asilos, Hospitales Y Demás Establecimientos Dependientes Del Lazareto; 8ª Elaborar, De Acuerdo Con El Administrador, Los Presupuestos Mensuales Del Lazareto Y Los Presupuestos Anuales Para Recaudación E Inversión De Las Rentas Internas; 3ª Elaborar Y Someter A La Aprobación Del Departamento Nacional De Higiene El Reglamento A Que Deben Someterse Los Empleados De Su Dependencia, Y Determinar Las Funciones Que A Cada Uno De Ellos Correspondan; 1)4La Sección Científica Se Denominará Sección Primera Y La Administración Será Sección Segunda5El Médico Jefe Tendrá Acción Y Mando Sobre La Policía Interna Del Lazareto, Para Hacer Cumplir Sus Disposiciones Y Además Ordenara Al Tesorero Interno La Suspensión Del Pago De Raciones A Los Enfermos Que Eludan El Cumplimiento De Sus Obligaciones En Lo Relativo A Exámenes Médicos, Tratamientos, Cedulación, Etc6En Caso De Ausencias Temporales No Mayores De Tres Días El Médico Jefe Podrá Designar Como Su Reemplazo Y Bajo Su Responsabilidad A Uno De Los Médicos Auxiliares7Los Administradores De Los Lazaretos De Agua De Dios Y Contratación Serán Los Agentes Inmediatos Del Departamento Nacional De Higiene Y Tendrán Las Atribuciones Que En El Desempeño De Sus Funciones Administrativas Confieren A Los Prefectos Provinciales Las Disposiciones Legales En Vigencia8Son Funciones De Los Administradores De Los Lazaretos De Agua De Dios Y Contratación Las Siguientes: 1ª9De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 14 De La Ley 20 De 1927, Las Guardias O Secciones De Policía Nacional Que Hacen La Custodia En Los Retenes Y Cordones Sanitarios, Estarán A La Orden De Los Respectivos Administradores De Los Lazaretos10En Caso De Ausencias Temporales, No Mayores De Tres Días, Los Administradores De Los Lazaretos Podrán Comisionar, Bajo Su Responsabilidad, A Los Respectivos Secretarios Para Que Los Reemplacen;11Los Administradores De Los Lazaretos De Agua De Dios Y Contratación, Devengarán Una Asignación Mensual De 8 230, Cada Uno12Los Problemas Que Puedan Presentarse En El Desarrollo Y Cumplímiento De Esta Resolución, Los Resolverá El Médico Jefe, Cuando Se Trate De Asuntos De Orden Científico Y El Administrador Del Lazareto Cuando Se Trate De Asuntos De Orden Administrativo13Quedan En Esta Forma Modificadas Y Adicionadas Las Resoluciones Números 119 De 1932 Y 88 De 1934 De Este Departamento Y Derogadas Las Disposiciones Contrarias A La Presente14Esta Resolución Regirá Desde El Día De Su Sanción
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