Micelio
Sentencia de Tutela9 de octubre de 2008

T-974 de 2008

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Jenny Johana Reyes En Represntación De Su Hija Niyired León Reyes·Demandado Secretaría Municipal De Ibagué

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud, vida seguridad social e integridad humana de su hija menor a quien le fue diagnosticada displasia de cadera bilateral el 27 de septiembre de 2007 y el médico pediatra le informó que si no era sometida a tratamiento, podría llegar a tener daños irreversibles.

En le mes de julio anterior la madre había radicado el formulario para incluir a su hija a la ars cafesalud, en calidad de beneficiaria, sin embargo hasta el mes de febrero no había recibido la visita domiciliaria para hacer la inclusión de la menor al sisbén, por lo que solicita sea incluida en el sisben y se le asigne una eps del régimen subsidiado con el fin de que se le inicie el tratamiento en forma inmediata.

Prevalencia de los derechos de los niños y la salud como fundamental.

Los padres de la menor han hecho todas las gestiones para obtener la inscripción de su hija sin que hayan obtenido ninguna respuesta, por lo tanto la entidad llamada a ofrecer una solución eficáz al problema es la accionada, por lo que debe iniciar el trámite para asignarle una eps del régimen subsidiado, con el fin de que pueda tener acceso a un tratamiento integral en salud.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo del Juzgado Doce Civil Municipal de Ibagué del 27 de marzo de 2008, que negó la acción de tutela. En su lugar, CONCEDER la protección a los derechos a la salud en conexión con la vida de la menor Niyired León Reyes.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaría de Salud Municipal de Ibagué que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta Providencia, en coordinación con la entidad que le compete, inscriba a la menor Niyired León Reyes al SISBEN y de forma inmediata designe la EPS del régimen subsidiado que garantice la atención en salud de la menor. Una vez sea asignada, debe suministrársele el tratamiento necesario para la recuperación de su salud.
  3. TERCERO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela