Micelio
Sentencia de Tutela23 de septiembre de 2008

T-935 de 2008

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante María Esperanza Del Socorro Cerquera Cuellar·Demandado Fondo Nacional Del Ahorro

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fondo Nacional Del Ahorro
  • Vulneración de derechos al modificar el crédito de pesos a UVR sin información y aceptación previa del titular
  • Deber de informar a usuarios la redenominación de créditos hipotecarios
Accion De Tutela Contra El Fondo Nacional Del Ahorro
  • Procedencia por violación de derechos y confirmación de la sentencia de primera instancia
Establecimiento De Credito
  • Obligación de remitir a sus deudores información clara y comprensible de lo que será el comportamiento de su crédito hipotecario para vivienda
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vivienda digna de deudora de un crédito hipotecario cuya modalidad fue variada de manera unilateral por la entidad accionada de pesos a uvr, razón por la cual, a la fecha no podido cancelar del todo la deuda.

En virtud de lo anterior, la accionane teme incurrir en mora y por ello, pide e ordene a la accionada redenominar el crédito. <br>los deudores de créditos de vivienda no pueden ser conminados a promover acciones judiciales para modificar las condiciones contractuales.

La sala reafirmó que las modificaciones unilaterales realizadas por las entidades bancarias o financieras respecto del sistema de amortización y el tiempo de cancelación del crédito no solamente atentan contra los actos propios, desconoce el principio de la buena fe y la confianza legítima sino que, además, vulnera el debido proceso.

Todo lo anterior, hace conducente el amparo por vía de tutela y por ello se ordenó a la accionada <br>el reestablecimieno del crédito a sus condiciones inciales. <br>concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 28 de mayo del año 2008, por la Sala Civil del H. Tribunal Superior de Bogotá y en su lugar CONFIRMAR el fallo del 8 del mismo mes, adoptado por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Bogotá, dentro de la acción de tutela instaurada por MaríaEsperanza del Socorro Cerquera Cuéllarcontra el Fondo Nacional del Ahorro por vulneración de sus derechos fundamentales a la vivienda digna, al debido proceso y a la confianza legítima en el sistema de financiación de vivienda a largo plazo.
  3. Segundo. Líbrese por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.