Micelio
Sentencia de Tutela9 de octubre de 2003

T-921 de 2003

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Fabiola Benjumea De Marin Vs Saludcoop Eps

Tema · dato duro
Derechos A La Salud Vida Y Seguridad Social. Realizacion De Biopsia Del Seno Izquierdo Por Eps. Repeticion Contra El Fosyga. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Tratamiento no puede ser sustituido por otro
  • Fundamental por conexidad con la vida
  • Incorpora el derecho al diagnóstico
  • Realización biopsia mamaria se requiere para descartar cáncer
  • Se cumplen los requisitos de examen prescrito por médico tratante e incapacidad económica del paciente
Juez De Tutela
  • Debe acudir al dictamen del médico tratante
Conflicto Entre Opiniones Medicas
  • Prevalece la del médico tratante
Entidad Promotora De Salud
  • Suministro de tratamiento señalado por médico tratante aunque no figure en listado del POS
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • Condiciones en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
5 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la Sentencia proferida por el Juzgado 10 Penal Municipal de Medellín y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos a la salud y a la seguridad social, en conexidad con la vida, de la señora Fabiola Benjumea de Marín.
  2. Segundo. ORDENAR a SaludCoop E.P.S., regional Antioquia, que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, siguientes a la notificación de esta Sentencia, le practique a la señora Fabiola Benjumea de Marín el examen de "biopsia esterotáxica de mama izquierda", prescrita por el médico especialista.
  3. Tercero. SEÑALAR que SaludCoop E.P.S., regional Antioquia, puede repetir por lo gastado en la realización del examen mencionado en el numeral anterior en contra del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema de Seguridad Social en Salud.
  4. Cuarto. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.