Sentencia de Tutela16 de noviembre de 1999
T-906 de 1999
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Jhon Herber Sarmiento Garcia
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Der A La Vida. Der A La Integridad Fisica. Enfermedad Catastrofica Ruinosa. Quimioterapia Sin Exigir Costo Adicional Por Coomeva. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud
- Suministro de quimioterapia sin cumplir periodo mínimo de cotización
Agencia Oficiosa En Tutela
- Hijo en representación de persona enferma
Enfermedades Catastroficas O Ruinosas
- Suministro de medicamentos sin cumplir periodo mínimo de cotización en persona de escasos recursos
Subcuenta Del Fondo De Solidaridad Y Garantia Del Sistema General De Seguridad Social En Salud
- Repetición de EPS por sobrecostos
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cali.
- Segundo. TUTELAR el derecho a la salud de la señora Olga Senefer García Guzmán, en conexión con su derecho constitucional fundamental a la vida. En consecuencia, se ordena a la entidad promotora de salud, Coomeva, Seccional del municipio de Palmira , Valle, que, en el término de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia, inicie las sesiones de quimioterapia requeridas por la señora Olga Senefer García Guzmán, de acuerdo con lo prescrito por el médico a cargo de su caso, sin exigirle el pago de porcentaje alguno en relación con el costo del tratamiento, el cual deberá ser llevado a cabo y asumido económicamente en su totalidad por Coomeva E.P.S.
- Tercero. Coomeva E. P. S. podrá repetir lo que desembolse por concepto de este fallo, en contra de la subcuenta de enfermedades catastróficas o ruinosas del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social.
- Por Secretaria, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-419/98Der. A La Vida Y A La Salud. I.S.S. Tratamiento De Dialisis Sin Tener El Total De Semanas Cotizadas. Repeticion Contra El Estado. Concedida.T-328/98Der. A La Vida Y A La Salud. Suministro De Medicamentos Por E.P.S. A Enfermo De Sida Que No Habia Cumplido Las 100 Semanas De Cotizacion. Concedida.C-112/98Ley 100/93. Art. 164 Inc. 2 Y Art. 169 Inc. 1 Parcial. Preexistencias. Acceso A La Prestacion De Servicios De Alto Costo. Planes Complementarios. Exequibles.SU.480/97Der. A La Salud Y A La Vida. Relacion Estado E.P.S.. Continuidad En Servicio De Salud. Suministro De Medicamentos. Sida. Concedida Parcialmente.SU.111/97Der. A La Vida Y A La Salud. Nulidad De Acto Adtivo De Suspension De Servicio Medico Por Cajanal. Medio De Defensa Judicial. Negada.
Citada por2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.