Micelio
Sentencia de Tutela3 de noviembre de 1999

T-863A de 1999

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Hermes Dario Lugo Fontalvo

Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Der A La Salud. Der A La Vida. Criadero De Cerdos Y Caballos. Malos Olores. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Ambiente Sano
  • Aspectos que involucra
  • Fundamental por conexidad con la vida e intimidad
  • Emanaciones de mal olor
  • Prohibición de explotación comercial de animales y criaderos en perímetro urbano
  • Protección excepcional por tutela
Derecho De Peticion
  • Pronta resolución y decisión de fondo
Derechos Colectivos
  • Fundamentales por conexidad
4 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la decision del Juzgado 14 Civil del Circuito de Barranquilla en lo concerniente a no proteccion de los derechos a la salud y vida invocados por Hermes Dario Lugo Fontalva.
  2. Segundo. REVOCAR parcialmente la decision del Juzgado 14 Civil del Circuito de Barranquilla en lo concerniente al derecho de peticion y en su lugar TUTELAR el derecho de peticion del demandante, ante la ausencia de una respuesta precisa por parte de Distrisalud, segun se indico en la parte motiva. En consecuencia, ORDENAR a DISTRISALUD que en el termino de ocho (8) dias contados a partir de la notificacion de esta providencia se le de una respuesta escrita y definitiva al actor en lo concerniente a la situacion de salubridad por el planteada, con fundamento en la visita nocturna ya realizada y teniendo en cuenta la presunta existencia de una caballeriza en un area urbana.
  3. Tercero. Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
  4. Cuarto. HACER un LLAMADO A PREVENCION a Distrisalud de Barranquilla para que no vuelva a incurrir en omisiones similares a las que motivaron la presente tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.