Sentencia de Tutela14 de octubre de 1999
T-798 de 1999
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jaime Franco Cardona
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo De Discapacitado Visual Incorporacion Por Mega Servicios Para El Aseo Sanitario Estadio Pascual Guerrero Empresa De Trabajadores Ciegos. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Discapacitado Visual
- Prestación servicio de aseo en estadio
Derecho Al Trabajo Del Discapacitado Visual
- Ingreso que le permita subsistencia
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Veintiséis Penal Municipal de Santiago de Cali el 6 de abril de 1999, y por el Juzgado
- Noveno. Penal del Circuito el 11 de mayo de 1999, mediante los cuales se negó la protección judicial invocada y, en su lugar, CONCEDER al señor JAIME FRANCO CARDONA la protección constitucional a su condición de discapacitado visual.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaría del Deporte y la Recreación de la Alcaldía del municipio de Santiago de Cali adoptar las medidas pertinentes en orden a hacer efectiva la protección constitucional a la condición de discapacitado visual del accionante, ora, siendo tenido en cuenta por Megaservicios para prestar el servicio de aseo de las baterías sanitarias del Estadio Pascual Guerrero, o de cualquier otra forma que le permita obtener, así sea de manera parcial, el ingreso que requiere para su subsistencia.
- Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-243/98Principio A Trabajo Igual Salario Igual. Encargo. Concedida.T-166/97Tutela Transitoria. Ders. De Las Personas De La Tercera Edad. Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo Y Pago De Salario Justo. Ladrillera. Concedida.T-236/93Sustitucion Pensional. Atencion Asistencial Por Enfermedad Mental. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.