Micelio
Sentencia de Tutela14 de octubre de 1999

T-798 de 1999

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Jaime Franco Cardona

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo De Discapacitado Visual Incorporacion Por Mega Servicios Para El Aseo Sanitario Estadio Pascual Guerrero Empresa De Trabajadores Ciegos. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Veintiséis Penal Municipal de Santiago de Cali el 6 de abril de 1999, y por el Juzgado
  2. Noveno. Penal del Circuito el 11 de mayo de 1999, mediante los cuales se negó la protección judicial invocada y, en su lugar, CONCEDER al señor JAIME FRANCO CARDONA la protección constitucional a su condición de discapacitado visual.
  3. Segundo. ORDENAR a la Secretaría del Deporte y la Recreación de la Alcaldía del municipio de Santiago de Cali adoptar las medidas pertinentes en orden a hacer efectiva la protección constitucional a la condición de discapacitado visual del accionante, ora, siendo tenido en cuenta por Megaservicios para prestar el servicio de aseo de las baterías sanitarias del Estadio Pascual Guerrero, o de cualquier otra forma que le permita obtener, así sea de manera parcial, el ingreso que requiere para su subsistencia.
  4. Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.