Micelio
Sentencia de Tutela28 de julio de 2005

T-787 de 2005

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Ana Silena Balanta Mejia Vs. Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Pago por tutela cuando afecta el mínimo vital de la madre y su hijo
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al trabajo y la seguridad social de afiliada en el regimen contributivo a quien la entidad se niega a reconocerle y pagarle la licencia de maternidad por mora en los aportes del empleador.

Solicita se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.

La licencia de maternidad y su protección constitucional.

Procedencia excepcional para el pago de prestaciones economicas.

La sala concluye que de conformidad con la orientación adoptada por esta corporacion en multiples fallos en los cuales frente a situaciones facticas similares se ordeno el pago de las respectivas licencias de maternidad cuando las entidades obligadas a reconocer y pagar la licencia de maternidad se allanaron a la mora del empleador.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Laboral del Circuito de Puerto Tejada -Cauca-, el 2 de febrero de 2005, dentro de la acción de tutela promovida por la señora Ana Silena Balanta Mejía contra el Seguro Social -Seccional Cauca- y en su lugar CONCEDER el amparo solicitado.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Seguro Social -Seccional Cauca- que dentro del término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente fallo, proceda a pagarle a la señora ANA SILENA BALANTA MEJIA la licencia de maternidad a la que tiene derecho.
  3. TERCERO. ORDENAR al Juez Laboral del Circuito de Puerto Tejada que, en aras de garantizar la efectividad de la acción de tutela, notifique este fallo a las partes dentro de los tres días siguientes a su recepción.
  4. CUARTO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.